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Remedios durante emergencias
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COVID-19
- Toque de queda para evitar riesgo de contagio de COVID-19
- ¿Cómo se puede solicitar el incentivo de $500 para mitigar la emergencia del COVID-19 para personas que trabajan por cuenta propia?
- Incentivos para comerciantes disponibles en Puerto Rico para daños relacionados al COVID-19
- El COVID-19 y las personas inmigrantes
- Información de interés sobre inmigración durante el periodo de toque de queda por COVID-19
- Resolución conjunta sobre moratorias ante el COVID-19
- Directorio de servicios de intercesoría legal en los tribunales durante emergencia COVID-19
- Directorio de servicios disponibles durante emergencia COVID-19 de aliadas de la Coalición Coordinadora Paz para la Mujer
- Licencia especial para personas empleadas públicas (COVID-19)
- Orden Ejecutiva para atender las necesidades de las personas sin hogar en Puerto Rico ante el COVID-19
- Guía de OSHA para preparar el área de trabajo para COVID-19
- Protocolos en Tribunales ante la pandemia de COVID
- Derecho a recibir atención médica
- Asistencia de Desempleo Pandémico (PUA) COVID-19
- Licencias que pueden ser aplicables a personas empleadas durante periodo COVID-19
- Paquetes federales que se han aprobado a raíz de emergencia COVID-19 bajo el CARES Act
- Préstamos y ayudas económicas de SBA para aliviar situación de emergencia por COVID-19
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Derechos laborales y los desastres
- Derechos de las personas empleadas y trabajadoras ante desastres
- Personas que perdieron su empleo o no pueden trabajar después de un desastre
- Asistencia para personas que perdieron su empleo o no pueden trabajar como consecuencia de los terremotos en Puerto Rico (2020)
- Beneficios del Departamento de Hacienda en respuesta a los terremotos
- Ayudas para agricultores y fincas
- Licencias que pueden ser aplicables a personas empleadas durante periodo COVID-19
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Personas adultas mayores
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Derechos ante FEMA
- ¿Qué pasa si soy una persona extranjera y NO cualifico para solicitar a FEMA?
- Guía rápida sobre solicitudes de FEMA
- ¿Qué es FEMA y qué ayuda ofrecen?
- ¿FEMA provee ayuda para personas sin hogar?
- Mis derechos ante las inspecciones de FEMA
- ¿FEMA puede cubrir por daños que NO sean de vivienda?
- ¿FEMA responde por daños a mi carro?
- Mis derechos ante el discrimen de FEMA
- Responsabilidad de FEMA por los árboles caídos
- ¿Cómo apelar las decisiones de FEMA?
- Apelaciones a FEMA: Modelos
- ¿FEMA cubre por daños debido a inundaciones?
- Tipos de Programas de FEMA que proveen asistencia por desastres naturales
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Programa de Reconstrucción, Reparación o Reubicación (R3)
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- Prioridades del Programa de Reparación, Reconstrucción y Relocalización
- Solicitantes del Programa de Reparación, Reconstrucción y Relocalización no pueden ser descalificadas por teléfono
- Solicitud de Reconsideración al Programa de Reparación, Reconstrucción y Relocalización
- Solicitud de Revisión Administrativa ante una solicitud al Programa de Reparación, Reconstrucción y Relocalización denegada
Derechos ante desastres
Por: Ayuda Legal Puerto Rico
Derechos ante FEMA: Guía rápida sobre solicitudes de FEMA
Guía rápida sobre solicitudes de FEMA
Por: Ayuda Legal Puerto Rico
Conozca sus derechos
Lo primero: usted no está solo o sola
Estamos ante una situación de crisis, por lo que el primer paso es recordar que usted no esta solo o sola. Nosotras en recuperacionjustapr.org, así como un número increíble de organizaciones y personas dentro y fuera de Puerto Rico, estamos aquí para darle apoyo. Lo que aquí compartimos son unos datos rápidos que pueden ayudarle en el proceso de solicitud de FEMA. Recuerde que hay mucha más información disponible aquí.
- Solicite ayuda RÁPIDAMENTE: Como norma, usted tiene 60 días para reclamar ayuda, pero FEMA puede extender este término. Estos 60 días se cuentan desde la declaración de desastres. Usted tiene varias formas de solicitar ayuda
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Por internet: disasterassistance.gov
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Por teléfono: 1-800-621-3362
- Visitando un centro de ayuda por desastre: encuentre el más cercano en fema.gov/centros
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También puede acudir a un centro comunitario, donde personas voluntarias pueden asistirle a llenar su solicitud.
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- ¡Usted puede limpiar, pero tiene que guardar evidencia!: Nadie espera o puede esperar que usted no limpie la casa hasta que llegue FEMA, especialmente si tiene pedazos de metal o vidrio que pueden causarle daño a su familia o a usted. Sin embargo, tiene que guardar la evidencia del daño para su reclamación.Esto incluye recibos, fotos, videos.
- Registre los esfuerzos que ha hecho relacionados al desastre: Si se comunica con FEMA, registre el nombre de la persona con la que habló. Igual, guarde el número de identificación de esa persona, la hora y fecha de la llamada y otros datos que puedan serle de ayuda.
- Prepárese para la inspección: Antes de que venga el inspector, haga una lista de los daños mayores a los que quiere que se le preste atención. Usted tiene derecho a que el inspector le dedique un tiempo razonable. Si usted cree que su inspección fue injusta, usted tiene derecho a pedir una nueva inspección.
- No solicite otra vez: Si usted vé que no le llaman para inspeccionar, no solicite una segunda vez. Esto podría crear un problema en el sistema y hacer que la ayuda tarde más. Por favor, en ese caso, llame a FEMA directamente y tenga a mano el número de registro que le dieron cuando hizo su solicitud. 1-800-621-3362
- Usted tiene derecho a pedir ayuda legal: Para esto, existen mecanismos como la línea de ayuda de Ayuda Legal Puerto Rico. Si tiene dudas o preguntas, puede llamar a nuestro hotline al 787-957-3106 y dejar un mensaje de voz con su información de contacto para que una abogada le devuelva la llamada.
Última revisión y actualización: Jun 09, 2020