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Por: Ayuda Legal Puerto Rico

COVID-19: Asistencia de Desempleo Pandémico (PUA) COVID-19

Novedades y enlaces de interés relacionados al coronavirus-19. Esta sección será actualizada constatemente durante la pandemia.

Los beneficios del PUA terminaron el 4 de septiembre de 2021

El último día en que se podía presentar una solicitud fue el 6 de octubre de 2021, para semanas antes del 4 de septiembre de 2021. La información que encontrará abajo se mantiene aquí solo para propósitos históricos.

¿Qué fue el PUA?

El PUA fue un programa de desempleo para aquellas personas que tradicionalmente no cualificaban para el desempleo regular. Fue un programa federal creado debido a la emergencia del COVID-19 y tuvo como objetivo el proveerle asistencia a ciertas personas que se encontraron desempleadas debido a la crisis pero no cualificaban para el desempleo regular. 

La fecha límite para solicitar el PUA fue el 4 de septiembre de 2021. Esta extensión también aplicó a las personas que ya recibieron el beneficio, quienes también pudieron solicitar semanas subsiguientes hasta esta fecha. Esto, debido a que el estatuto federal "American Rescue Plan Act of 2021" extendió los beneficios de la Asistencia de Desempleo Pandémico (PUA) y de los beneficios suplementarios del Programa de Compensación Federal por Desempleo Pandémico (FPUC). De ser elegible para PUA, la persona debió recibir también la compensación de FPUC automáticamente. 

¿Quiénes podían solicitar el PUA?

Aquellas personas que no cualificaban para el desempleo regular dado a que no cumplían con los ciertos criterios y hubieren tenido una merma de ingresos debido al COVID-19. Por ejemplo:

  • Las persona contratistas independientes (o cuentapropistas).
  • Las personas dueñas de un pequeño negocio si la fuente principal de ingresos proviene de dicho negocio.
  • Personas con trabajos temporeros o esporádicos (ej:Uber).
  • Personas que estaban en la búsqueda de empleo a tiempo parcial. 
  • Personas que nunca han trabajado:
    • Si tenían planificado comenzar a trabajar antes de que comenzara la emergencia y no ha podido hacerlo debido a la emergencia.
    • Si le retiraron la oferta de trabajo debido a la emergencia.
    • La persona principal a cargo de los gastos del hogar falleció debido al COVID-19 y se convirtió usted en la persona principal a cargo.
  • Personas con falta de historial de trabajo suficiente como para cualificar para el desempleo regular.
  • Personas que han agotado todos sus derechos a recibir compensación por desempleo regular o beneficios extendidos. 

*Según la Sección 2107 de la Ley CARES, las personas que hayan agotado los beneficios del desempleo luego del 6 de julio de 2020, que hubiesen permanecido buscando empleo y que no hubiesen conseguido, de cumplir con los demás requisitos dispuestos, podían cualificar.

Además, el Departamento del Trabajo preparó la siguiente lista de las situaciones por las que una persona que quedó desempleada (o parcialmente desempleada) que hubiera cualificado para el PUA:

  • Ha sido diagnosticada con COVID-19 o tiene síntomas del virus y está en el proceso de obtener un diagnóstico médico;

  • Un miembro de su hogar ha sido diagnosticado con COVID-19;

  • Es el cuidador de un miembro de su familia o de su hogar que ha sido diagnosticado con COVID-19;

  • Su hijo(a) u otra persona de su hogar para quien usted es el cuidador principal no puede ir a la escuela o a cualquier otra facilidad de cuido porque está cerrada debido a la pandemia de COVID-19, y la operación de dicha escuela o centro de cuido es necesaria para que usted pueda trabajar;

  • Está impedido de ir a trabajar debido a una orden de cuarentena o de distanciamiento social debido a la pandemia del COVID-19;

  • Está impedido de ir a trabajar porque ha sido aconsejado por un proveedor del cuidado de la salud a mantenerse en cuarentena o distanciamiento social porque ha dado positivo a COVID-19 o ha estado expuesto a alguien contagiado o con sospecha de contagio;

  • Estaba programado a comenzar un nuevo trabajo y no tiene un trabajo existente o está impedido de llegar al trabajo como resultado directo de la pandemia del COVID-19;

  • Se ha convertido en el mayor proveedor del hogar porque el anterior proveedor ha fallecido como consecuencia directa del COVID-19;

  • Tuvo que renunciar al trabajo por haber sido diagnosticado con COVID-19 y estar impedido de realizar las labores de su trabajo;

  • Su lugar de trabajo está cerrado como consecuencia directa de la pandemia de COVID19;

  • Trabajaba como contratista independiente con ingresos reportados y el COVID-19 ha limitado significativamente su habilidad para continuar prestando sus servicios y/o le ha obligado a suspender la prestación de servicios por alguna de las razones antes mencionadas relacionadas al COVID-19.

¿Qué documentos podían presentarse para evidenciar que trabajaba por cuenta propia?

  • Planillas de Contribución sobre Ingresos;
  • copias de talonarios de pago recientes;
  • recibos de banco mostrando depósitos;
  • notificaciones de facturas enviadas a clientes;
  • anuncios recientes de su negocio o servicios;
  • licencias de negocio vigentes, libros de cuentas, contratos, facturas; o
  • contrato de arrendamiento de local.

¿Qué documentos se podían proveer como evidencia de ingresos previos?

  • Planillas de contribución sobre ingresos;
  • talonarios de pago;
  • recibos de banco;
  • libros de cuentas;
  • contratos; o 
  • facturas.

¿Qué tipo de ayuda proveyó el PUA?

Similar al desempleo regular, la cantidad de beneficios varía según las circunstancias. En este caso el beneficio varía desde $66 semanales a $190 semanales hasta un máximo de 39 semanas

¿El PUA se complementó con los $600 del FPUC? 

Sí. Este beneficio se complementó de los $600 adicionales de la Compensación Federal por Desempleo Pandémico (FPUC).  Según el Departamento del Trabajo estos $600 adicionales fueron retroactivos al 4 de abril de 2020 aunque usted hubiese solicitado el PUA más adelante. Los $600 adicionales terminaron el 25 de julio de 2020. Por ende, el beneficio semanal del PUA, después del 4 de abril de 2020, rondó entre los $666 y $790 semanales durante el término de vigencia de la compensación adicional FPUC (hasta el 25 de julio de 2020).

Recuerde que la fecha límite para solicitar el PUA se extendió hasta el 4 de septiembre de 2021. Esta extensión también aplicó a las personas que ya habían recibido el beneficio. 

¿De dónde surge esta información?


Esta información surge de la guía sobre el PUA del Departamento del Trabajo Federal y la guía de preguntas y respuestas del Departamento del Trabajo de Puerto Rico. Puede acceder a ambas guías aquí:

 

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Última revisión y actualización: Mar 21, 2022
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