Derechos ante desastres
Repositorio de información legal acerca de tus derechos ante diversos tipos de desastres (huracanes, terremotos, pandemias y otros).
Programa de Reconstrucción, Reparación o Reubicación (R3): Mi derecho a recibir notificaciones por escrito al Programa R3
Contenido
- Derecho a ser notificado por escrito de las decisiones que R3 tome sobre su caso
- Soy solicitante a R3 y me he enterado de las decisiones que el Programa toma sobre mi solicitud a través de mi Manejador de Caso, ¿esto es aceptable?
- No me ha llegado ninguna carta, todas las decisiones las he recibido por teléfono, ¿qué puedo hacer?
- Más información sobre el derecho a la recuperación justa
- Si busca representación legal
Derecho a ser notificado por escrito de las decisiones que R3 tome sobre su caso
Si usted es una de las 27 mil personas que solicitó al Programa de Reparación, Reconstrucción o Reubicación (R3), debe conocer sobre su derecho a que el Departamento de la Vivienda le notifique por escrito todas las decisiones que tome sobre su caso.
*Desde el martes, 7 de enero de 2020 no se están aceptando solicitudes al Programa R3 porque se llegó a la capacidad de fondos disponibles al momento. Cuando se desembolsen más fondos de los asignados al Programa se volverán a recibir solicitudes.
Soy solicitante a R3 y me he enterado de las decisiones que el Programa toma sobre mi solicitud a través de mi Manejador de Caso, ¿esto es aceptable?
No. La Sección 23.6 de la Versión 11 de las Guías de R3 indica que “[t]odas las determinaciones que realice el Programa serán notificadas por escrito”. Si su manejador de caso le informa una decisión del Programa R3 de manera verbal, puede pedirle que la ponga por escrito, con los fundamentos para la decisión.
¿A qué tipo de decisión aplica esta norma?
La obligación del Programa de notificar toda decisión por escrito aplica a todas las determinaciones en su caso. Desde la determinación preliminar de elegibilidad, el grupo de prioridad asignado a su caso, la adjudicación final, hasta el alcance del trabajo y cualquier otra decisión subsiguiente.
¿Qué información debe incluir la notificación escrita?
La decisión debe incluir:
-
los fundamentos o razones para la decisión del Programa,
-
cómo pedir reconsideración o cómo apelar la decisión si no está de acuerdo con ella y
-
el término que tiene para hacerlo.
No me ha llegado ninguna carta, todas las decisiones las he recibido por teléfono, ¿qué puedo hacer?
Debe comunicarse con la persona que maneja su caso y solicitarle la decisión por escrito. Si enfrenta problemas comunicándose con su manejadora, o si se niega a darle la notificación escrita, tiene derecho a presentar una queja ante el Programa. En la queja, debe explicar por qué está presentando la misma y detallar los esfuerzos que tomó para conseguir el documento.
Más información sobre el derecho a la recuperación justa
Encuentre aquí más información sobre el derecho a la recuperación justa.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.