Animales de compañía (mascotas) en Vivienda Pública
Contenido
- ¿Qué son animales de compañía (mascotas) y animales de asistencia?
- ¿Qué animales son permitidos como mascotas según Vivienda Pública?
- ¿Se permiten animales con fines comerciales?
- ¿Cuántos animales puedo tener en vivienda pública?
- ¿Puedo tener animales salvajes?
- ¿Qué es un animal salvaje?
- ¿Debo notificar a Vivienda Pública sobre mis mascotas?
- ¿Aplica el mismo proceso para animales de asistencia o animales de servicio?
- ¿Qué hacer si la Administración no aprueba mi mascota?
- Responsabilidades del guardián (dueña) del animal:
- ¿De dónde sale esta información?
- Más información
- Si busca representación legal
¿Qué son animales de compañía (mascotas) y animales de asistencia?
Los animales de compañía son los que comúnmente se les llama mascotas. A diferencia de animales de servicio o animales de asistencia, estos animales de compañía no tienen ningún entrenamiento especializado o documentos especiales. El Reglamento de Vivienda Pública establece diferencias entre mascotas y animales de asistencia o de servicio. Para poder tener un animal de compañía se debe consultar con la Administración de su Residencial para llenar un formulario y no podrá tener más de 2 animales por unidad. Para más información sobre las regulaciones sobre animales de servicio o asistencia,, consulta aquí.
¿Qué animales son permitidos como mascotas según Vivienda Pública?
-
Perro
-
Gato
-
Pájaro
-
Pez
-
Conejo enano
¿Se permiten animales con fines comerciales?
No. Vivienda Pública prohíbe tener animales con propósitos comerciales.
¿Cuántos animales puedo tener en vivienda pública?
Se permite un máximo de 2 animales por unidad, con excepción de animales de asistencia o servicio.
¿Puedo tener animales salvajes?
No. Está prohibido tener animales salvajes, peligrosos, de especies exóticas o en peligro de extinción, así como aquellos que puedan afectar la seguridad, tranquilidad o salud de otras familias.
¿Qué es un animal salvaje?
Esto se refiere a cualquier tipo de animal que vive en un área sin la intervención directa del ser humano y que no necesita ser cuidado o criado por los humanos para sobrevivir. Esto incluye animales que son nativos de Puerto Rico o que han llegado allí por migración, así como especies exóticas. La definición cubre una amplia gama de animales, desde aves y reptiles hasta mamíferos terrestres o acuáticos, anfibios e invertebrados. También incluye partes o productos de estos animales, como huevos, crías o cuerpos muertos. Además, abarca especies que están en peligro de extinción o son vulnerables. En resumen, se refiere a la vida silvestre y su protección en Puerto Rico.
¿Debo notificar a Vivienda Pública sobre mis mascotas?
Sí. Debes pedir y completar el Formulario de Registro de Mascotas dentro de los 30 días posteriores a la adquisición del animal. Además, deberás presentar documentos como certificados veterinarios, certificados de vacunación y número de placa de vacunación.
¿Aplica el mismo proceso para animales de asistencia o animales de servicio?
No. Los animales de asistencia debidamente autorizados no requieren pasar por el proceso de evaluación y aprobación.
¿Qué hacer si la Administración no aprueba mi mascota?
Tiene 30 días para encontrarle un nuevo hogar fuera del residencial. También puede apelar la decisión de la Administración.
Responsabilidades del guardián (dueña) del animal:
-
En áreas públicas y espacios comunes, los animales deben llevar placa de vacunas y correa.
-
Todos los perros deben estar sujetos a una correa de menos de 6 pies en áreas públicas.
-
Los guardianes de los animales son responsables de recoger los desechos de sus animales en espacios públicos y áreas comunes.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos.