Apelaciones en la Corte del Circuito Federal

Por: Pro Bono de Servicios de Orientación al Inmigrante (SOI), Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico

Conozca sus derechos

¿Su caso tiene que ver con asilo, suspensión de remoción, o protección bajo el CAT y ya ha agotado todos los remedios administrativos disponibles, incluyendo una apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración?


Si la respuesta es que sí, entonces usted puede solicitar una petición de revisión ante la Corte del Circuito Federal.

 

¿Cómo sé a qué Corte de Circuito Federal debo presentar mi petición de revisión?


La solicitud de revisión se tiene que presentar en la Corte de Circuito al que pertenece el distrito judicial donde fue tomada la decisión original de la Corte de Inmigración.

 

¿Cuándo debo solicitar esta revisión a la Corte de Circuito Federal?


Para solicitar su revisión debe presentarla dentro de treinta (30) días a partir de la decisión que tomó la Junta de Apelaciones de Inmigración sobre su apelación. Como hemos mencionado antes, no es suficiente con enviar su petición de revisión dentro de esos treinta (30) días, sino que la Corte del Circuito Federal la debe recibir, a más tardar, el día treinta (30). 

 

 

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Este contenido ha sido posible gracias a Pro Bono de Servicios de Orientación al Inmigrante (SOI), Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico. 

 

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