¿Qué es la asistencia de reubicación temporal del Programa R3?
Contenido
- ¿De qué se trata esta asistencia?
- ¿Cuánto dinero recibiré de asistencia para esta vivienda temporera? ¿Cuánto recibiría de mudanza?
- ¿Cuáles son los requisitos para recibir esta asistencia?
- ¿Por cuánto tiempo durará la asistencia?
- ¿Puedo pedir la asistencia si tuve que abandonar la casa como consecuencia de los desastres?
- Si recibí una adjudicación de reubicación, ¿soy elegible para la asistencia de reubicación temporera?
- Más información
- Si busca representación legal
¿De qué se trata esta asistencia?
La asistencia de reubicación temporal es un recurso que ofrece el Programa de Reparación, Reconstrucción o Reubicación (R3) para las personas con determinación de elegibilidad que necesitan abandonar su casa mientras se repara o reconstruye.
Consiste de dinero para cumplir con los pagos de renta de esa vivienda a la que se muda la persona solicitante mientras se terminan los trabajos. En algunos casos, las participantes podrán recibir asistencia para cubrir gastos de mudanza y almacenamiento de sus pertenencias por el periodo que dure el trabajo de construcción.
¿Cuánto dinero recibiré de asistencia para esta vivienda temporera? ¿Cuánto recibiría de mudanza?
El Departamento de la Vivienda federal (HUD, por sus siglas en inglés), ha establecido unos límites conformes a la tarifa de alquiler del mercado y el Departamento de la Vivienda local solo compensará hasta el tope desglosado en ese inventario. A modo de ejemplo, en el caso de la división de San Juan- Guaynabo (la cual reúne 27 municipios en su mayoría ubicados en la costa noreste y sudeste) la tarifa alcanza a $439 para una vivienda de una habitación, $530 dos habitaciones, $706 tres y $882 cuatro.
Los gastos de mudanza no podrán exceder la Tarifa Fija de la Autoridad Federal para Autopistas que, en el caso de Puerto Rico, consiste de $550 para una vivienda de dos habitaciones y $700 para tres.
¿Cuáles son los requisitos para recibir esta asistencia?
Para poder cualificar para la asistencia de reubicación opcional, la persona participante debe:
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Ser elegible para recibir asistencia que requiere que la participante desocupe la propiedad afectada;
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Tener un ingreso de menos del ochenta por ciento (80%) de los límites de ingresos aprobados por HUD para Puerto Rico; y
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No tener problemas de duplicidad de beneficios que puedan impedir que el programa preste servicios.
¿Por cuánto tiempo durará la asistencia?
La compañía contratista asignada a su caso bajo R3 otorgará la reubicación opcional desde el momento en que se mude de la propiedad hasta una semana después de que la actividad de reparación o reconstrucción apruebe una inspección final en la cual se confirme que el trabajo se completó. No se ofrecerá por un período de tiempo más allá de la semana de la inspección final.
El dinero se entregará prorrateado por meses parciales por el término establecido en el contrato, aunque usted podrá solicitar extensión si su casa no ha sido finalizada.
¿Puedo pedir la asistencia si tuve que abandonar la casa como consecuencia de los desastres?
No. La asistencia de reubicación temporal es un recurso limitado para las personas que tengan que abandonar la propiedad a petición del Programa, mientras se llevan a cabo las obras de reparación o reconstrucción en la vivienda.
Si recibí una adjudicación de reubicación, ¿soy elegible para la asistencia de reubicación temporera?
Aunque la asistencia de reubicación temporera está diseñada para reparación o reconstrucción hay espacio para considerarla en casos de reubicación. Las guías establecen que la agencia puede evaluar esta solicitud caso a caso. En circunstancias limitadas, los solicitantes que opten por reubicarse a una propiedad de reemplazo a través de una adjudicación de reubicación, también pueden ser elegibles para asistencia de reubicación opcional, según dictan las guías.
En circunstancias limitadas, las personas solicitantes que opten por reubicarse a una propiedad de reemplazo a través de una adjudicación de reubicación, también pueden ser elegibles para asistencia de reubicación opcional. Por ejemplo, si una persona no puede estar en la casa afectada por el desastre porque está en muy malas condiciones, puede recibir asistencia temporera en lo que encuentra la casa para la reubicación permanente.
Más información
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