Bases para la remoción: convicciones criminales

Por: Pro Bono de Servicios de Orientación al Inmigrante (SOI), Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico

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¿Qué es una convicción criminal para propósitos de inmigración?

Para efectos de procesos de remoción, una convicción criminal es cuando una persona es declarada formalmente culpable de un delito por un tribunal en un caso criminal. Sin embargo, aun cuando no haya una sentencia formal de parte de un tribunal se puede ser considerado convicto para propósitos de inmigración si: 

 

  1. Un juez, jueza o jurado le han encontrado culpable, se declaró culpable, o no acepta ni deniega los cargos pero accede a una sanción o castigo (nolo contendere o “no contest”) o ha admitido o estipulado suficientes hechos como para que se le pueda encontrar culpable; y
  2. El juez o jueza le ha ordenado un castigo, pena, fianza, servicio comunitario o restricción de libertad. 

 

En otras palabras, para determinar si hubo o no una convicción para propósitos de inmigración, se tomará en consideración cada una de las partes del proceso en corte.

 

Hay convicciones que no son consideradas convicciones para procesos criminales pero sí lo son para procesos de remoción, tales como: 


  1. adjudicaciones de desvío - dadas por salas especializadas, para procesos que involucran drogas o violencia doméstica, donde se ordena tratamiento para la persona y, de completar el programa, se reduce su sentencia o borra su convicción;
  2. antecedentes borrados;
  3. convicciones anuladas debido exclusivamente a procesos de rehabilitación.

 

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