Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores

Carta de derechos de las personas adultas mayores

Acceda aquí al texto de la Ley Núm. 121 de 2019, según enmendada, conocida como la Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores.

Derechos reconocidos relacionados a la salud

Según la ley, las personas adultas mayores tienen derecho a:

  • Recibir atención médica en su fase preventiva, clínica y de rehabilitación

  • Ser escuchado, atendido y consultado en todos los asuntos que le afectan sin restricciones, interferencias, coerción, discrimen o represalias.

  • Tener acceso real a los beneficios y servicios públicos

  • Disfrutar de un ambiente de tranquilidad

  • Recibir protección y seguridad física y social contra abusos físicos, emocionales o presiones psicológicas por part de cualquier persona.

  • Actuar, unido a otros miembros de su grupo, en la búsqueda de soluciones a sus agravios

  • y problemas.

  • No ser objeto de restricción involuntaria en un hospital, hogar sustituto o residencial a

  • menos que exista una orden médica o legal que así lo disponga o que sea necesario por razón

  • de mediar un estado de emergencia para evitar lesiones infligidas a sí mismo o a otros.

  •  Gozar de confidencialidad en la información contenida en sus expedientes clínicos, la

  • cual no podrá ser divulgada sin su consentimiento escrito.

  • Inspeccionar todo expediente clínico que esté bajo la custodia de personas que le presten

  • servicios médicos o de otra índole.

  • A tener acceso preferente a los servicios de salud, con el objeto de que gocen cabalmente

  • del derecho a su bienestar físico, mental y psicoemocional.

  • Gozarán de calidad, conveniencia, paciencia y tolerancia en la atención en los diversos niveles del sector salud, desde una visión gerontológica.

  • A recibir orientación y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene, así como a

  • todo aquello que favorezca su cuidado personal.

  • A recibir una atención médica integral con calidad a través de acciones de prevención,

  • diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.

  • A disponer de información amplia sobre su estado de salud y participar en las decisiones

  • sobre el tratamiento de sus enfermedades, excepto en casos en que sean judicialmente

  • declarados incapaces.

  • Contar con programas de salud preventiva integral.

  • A vivir en el seno de una familia o mantener relaciones personales solidarias y contacto

  • directo con ella, aun en caso de estar separados, a menos que el adulto mayor no lo desee o que

  • medie causa de enfermedad grave, contagiosa o mental, que requiera de servicios en

  • instituciones especializadas.

  • A vivir con decoro y dignidad en un ambiente emocional afectivo en sus hogares, con el

  • respeto por parte de su familia, autoridades y de la sociedad en general.

  • A acceder a una alimentación adecuada a sus circunstancias y capacidades.

  • A recibir apoyo en materia alimenticia, cuando carezca de medios propios para ello.

Más información

Encuentre aquí más información sobre los derechos de las personas adultas mayores en Puerto Rico. 

Si busca representación legal

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Última revisión y actualización: Apr 22, 2024
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