¿Cómo limpiar el récord criminal?

¿Por qué es importante el certificado de antecedentes penales?

El certificado de antecedentes penales se requiere para distintas transacciones: empleo, vivienda, estudios y licencias, entre otras. La dificultad para obtener un certificado de buena conducta “limpio” de convicciones criminales impide que muchas personas puedan desarrollarse y rehabilitarse en la sociedad.

Haber cometido un delito no debe ser un obstáculo para que una persona logre reintegrarse y ser productiva en su comunidad. Limpiar el récord puede ser de gran ayuda en este proceso.

Eliminar delitos del récord de antecedentes penales no siempre es posible. En esta sección discutimos en qué casos sí se puede y cuál es el proceso establecido por ley.

¿Qué establece la ley?

Según la Ley 314-2004, que enmendó la Ley Núm. 254 del 27 de julio de 1974, se pueden eliminar los delitos del certificado de antecedantes penales en las siguientes circunstancias: 

  • Delitos menos graves
  • Algunos delitos graves
  • Siempre que la persona no haya cometido algún delito bajo leyes locales o federales luego de haber cumplido su sentencia 
  • Cumplan con el término que establece la ley para poder pedir la solicitud, según el delito cometido.
No son elegibles para este proceso: 
  • Quienes aparezcan en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales Violentos y Abusos contra Menores o en el Registro de Personas Convictas por Corrupción o en el Registro de Personas Convictas por violaciones a la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica. Se puede solicitar eliminar del récord penal la convicción una vez se elimine su nombre del registro. 

  • Personas con convicciones extremadamente largas. Por ejemplo, si una persona recibe una sentencia de 99 años no podría pedir que se elimine la convicción del récord porque, según la ley, tendría que esperar por lo menos 5 años tras haber cumplido su sentencia para solicitarlo.

El proceso y los requisitos para limpiar el récord penal varía según el tipo de delito

La Ley Núm. 56-2024, que enmendó la Ley Núm. 254 de 27 de julio de 2024, dispone que el Comisionado de la Policía de Puerto Rico eliminará de forma automática toda convicción por delito menos grave del certificado de antecedentes penales si se cumple con lo siguiente:

  1. Hayan pasado 30 días naturales desde se cumplió la sentencia o resolución y durante ese tiempo no se cometió otro delito y 

  2. La persona no se encuentra en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abusos contra Menores, en el Registro de Personas convictas por delitos de Corrupción o en el Registro de Personas Convictas por Violaciones a la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica. 

La Ley Núm. 56-2024, aprobada el 21 de marzo de 2024, establece que el Departamento de Justicia y el Negociado de la Policía de Puerto Rico aunarán esfuerzos para que todas las convicciones que cumplan con los requisitos queden automáticamente eliminadas del certificado de antecedentes penales dentro de los 30 días siguientes a la aprobación de la ley. 

Deben haber pasado por lo menos 5 años a partir de que cumplió su sentencia. Si estuvo en libertad condicional, son 5 años a partir de que se cumplió la sentencia por libertad condicional, aún cuando esté en la libre comunidad. 

  • No puede haber cometido un delito bajo leyes locales o federales entre el tiempo de la sentencia y la solicitud de eliminación

  • Tener buena reputación en su comunidad

  • Si cumple con los requisitos antes descritos, debe presentar una petición en el Tribunal de Primera Instancia junto con los siguientes documentos:

    • Certificado de antecedentes penales

    • Copia certificada de las sentencias de los delitos por los que fue convicta

    • Certificación detallada expedida por la Administración de Corrección y Rehabilitación sobre cumplimiento de sentencia y las veces que ingresó y egresó de alguna institución.

    • Declaración jurada de al menos 2 testigos con conocimiento de los delitos por los que fue convicta y aseguren su buena reputación en la comunidad. Si se señala una vista en el Tribunal, los testigos deben estar dispuestos a testificar. 

    • Cualquier otro documento que entienda necesario para sustentar su petición

  • En algunos delitos, debe presentar una muestra de su ADN al Banco de Datos de ADN y presentar junto con la petición judicial una certificación que indique el cumplimiento con este requisito.

¿Quién decide si se concederá la eliminación del delito del récord?

En el caso de los delitos graves, es el Tribunal el que determina si concederá la eliminación del delito del récord o no y la decisión del Tribunal de Primera Instancia se puede apelar ante el Tribunal de Apelaciones. 

¿Qué factores pueden provocar que se deniegue una solicitud para eliminar un delito del récord de antecedentes penales?

  • Que el o la fiscal se oponga porque entienda que la persona no tiene buena reputación en la comunidad u otra razón meritoria a la que el juez o jueza le dé peso.
  • Que no hayan transcurrido cinco años desde que se cumplió la sentencia si es un delito grave. 

  • No presentar la documentación requerida.

  • Que al momento de presentar su solicitud la persona sea sospechosa de un delito o haya sido convicta nuevamente en el foro local y/o federal.

  • Que el delito cometido no sea elegible para solicitar que se elimine del expediente.

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Última revisión y actualización: Apr 01, 2024
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