¿Qué hacer si le están cobrando del programa de Covid Renta?

Por: Ayuda Legal Puerto Rico

Alerta

El Programa de Asistencia para el Alquiler de Puerto Rico cerró su portal para recibir solicitudes de apelación el 30 e septiembre de 2025. Al momento no se están recibiendo nuevas solicitudes para solicitar fondos del programa ni para apelar determinaciones. 

¿Qué es el Programa de Asistencia para el Alquiler (Covid-Renta) en Puerto Rico?

Es una ayuda ofrecida a las personas inquilinas de bajos ingresos que viven en Puerto Rico y que fueron afectadas económicamente, desde abril de 2020, a causa del Covid-19. El programa puede cubrir hasta 18 meses de renta y servicios básicos como agua y luz. Como requisito para la participación en el programa, la solicitante tiene que vivir en Puerto Rico. Para más información acceda al siguiente enlace.

¿El Programa de Asistencia para el Alquiler (Covid-Renta) puede solicitar la devolución de la asistencia otorgada?

, el programa puede solicitar que se devuelva la asistencia recibida por el o la participante si los fondos no se utilizan para el pago del alquiler o los servicios esenciales(para el agua y la luz) o si se descubre que no se cumplió con alguno de los requisitos en el proceso de solicitud.

¿Qué razones da el programa para exigir que se devuelva la asistencia?

  • No se sometió la documentación solicitada; 
  • Solicitud duplicada (el mismo participante solicitó la ayuda dos veces bajo perfiles distintos);

  • Documentación falsa o alterada;

  • Arrendadora no es el dueña de la propiedad;

  • No se brindó información sobre el ingreso;

  • Arrendataria (inquilina) no proporcionó los fondos a la arrendadora;

  • La inquilina no vive en la propiedad arrendada;

  • No hay contrato de alquiler, entre otras.

¿Qué puede hacer una persona si le están solicitando el reembolso de la asistencia?

La persona jefa del hogar o cualquier persona con autorización legal para representar al solicitante puede presentar una apelación. Para esto, debe seguir las instrucciones y  pasos provistos en el correo electrónico donde le notificaron la decisión de solicitar el reembolso.

¿Cuándo se puede presentar una apelación?

La persona participante puede presentar la apelación dentro de los 30 días desde que fue notificada la decisión del programa de solicitar el reembolso de la asistencia.

¿Se pueden enviar pruebas nuevas en la apelación?

Sí, se aceptan nuevas pruebas.

¿Cuántas veces se puede apelar?

Una sola vez.

¿Cuánto tarda el programa en dar una respuesta a la apelación?

Hasta 60 días laborables.

Para más información

Para más información sobre su derecho de apelar determinaciones del Programa de Asistencia para el Pago de Rentas, entre aquí.

¿De dónde sale esta información?

Esta información surge de la página del Programa.

Si busca representación legal

En ayudalegalpr.org encontrará información legal que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos.

Última revisión y actualización: Aug 08, 2025
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