¿Cómo convertirse en arrendador de Sección 8?

Por: Ayuda Legal Puerto Rico

¿Cuáles son los pasos para convertirse en arrendador de Sección 8?

 

1. Visite o comuníquese con la agencia de vivienda pública que administra el programa de vales de Sección 8 (PHA, por sus siglas en inglés) en su zona. En el caso de Puerto Rico, puede tratarse de la Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico o el Departamento de Vivienda de cada municipio.

La Agencia podrá:  

  • Proveer detalles sobre cómo es el proceso local y el método para publicar sus propiedades vacantes.
  • Compartir sitios web o plataformas para anunciar las unidades de alquiler disponibles.

Acceda aquí para ver la lista de agencias que administran el programa de vales de Sección 8 en Puerto Rico. También puede utilizar esta herramienta para buscar por municipio.

 

2. Asegúrese que la vivienda cumple con los estándares de calidad de Sección 8.

Las personas inquilinas que participan del programa de vales de Sección 8, tienen derecho a una vivienda digna. Para eso, la vivienda debe cumplir con los siguientes 13 estándares de calidad en la inspección inicial y mantenerse en cumplimiento hasta que termine el contrato de alquiler, estas son:

  • La vivienda debe contar con facilidades sanitarias;
  • La vivienda debe contar con espacios disponibles para la preparación de alimentos y eliminación de desechos;
  • La vivienda debe ser espaciosa y segura de acuerdo a las necesidades de la familia  ;
  • La vivienda tiene que contar con un ambiente térmico adecuado;
  • La vivienda debe contar con iluminación y electricidad;
  • La vivienda debe contar con estructura y materiales adecuados;
  • La vivienda debe cumplir con estándares de calidad de aire en el interior de la estructura;
  • La vivienda debe tener suplidores de agua;
  • La vivienda no debe tener pintura a base de plomo;
  • La vivienda debe contar con acceso de entrada independiente ;
  • El lugar y el vecindario de la vivienda debe ser uno seguro;
  • La vivienda debe encontrarse en condiciones de limpieza;
  • La vivienda debe contar con detectores de humo.

Para más información sobre los estándares de calidad que requiere el programa de Sección 8 acceda aquí.

 

3. Preparación de anuncios y otros mecanismos de publicidad 

Las personas que desean ser arrendadores del Programa de Sección 8 pueden utilizar todos los mecanismos que se encuentran a su disposición para anunciar la propiedad que desean que se alquile. Sin embargo, deben asegurarse que los anuncios realizados no sean discriminatorios y se encuentren en cumplimiento con la reglamentación federal y con la Ley Ley de Vivienda Equitativa de 1968.

Se consideran anuncios discriminatorios aquellos anuncios que de su texto o en su distribución tienen como consecuencia excluir a familias o personas a razón de su  raza, color, religión, nacionalidad, género, discapacidad y composición familiar.  

Algunos ejemplos anuncios discriminatorios puede ser; 

  • El uso exclusivo del  inglés en anuncios , cuando en dicha zona también existen poblaciones minoritarias que hablan otros idiomas.
  • El uso selectivo de modelos humanos en la publicidad.
  • Utilizar expresiones como “familia tradicional” “familias sin hijos” “personas con valores religiosos similares”

 

4. La oferta y el pago determinado para la renta

La renta en las viviendas alquiladas por el programa de vales de sección 8 puede cambiar cada año. Esto a causa que el alquiler de la propiedad arrendada debe estar en cumplimiento con la normativa de la renta de justo mercado que HUD revisa anualmente. Un alquiler subsidiado para propósitos del programa de sección 8 significa que la PHA estará dispuesta a pagar un porcentaje (en ciertos casos la totalidad) de la renta, dependiendo de los ingresos de  la familia inquilina.  Por esta razón la persona arrendadora al momento de hacer una oferta de alquiler deber tomar en consideración los estándares de pagos aplicables a ese año. De la persona arrendadora desconocer este dato debe saber que al momento de formalizar el contrato de alquiler la renta no puede ser mayor que lo establecido en los estándares de pago. 

Una vez se determina una renta por el programa de vales de sección 8,  no se puede cobrar mensualidades adicionales a la persona  inquilina. Esta acción puede constituir una acción fraudulenta ante la HUD y tendría como consecuencia que la  arrendadora no pueda volver a ser escogida por el programa de sección 8. Para más información sobre el tema puede acceder al siguiente enlace.

 

5. Una vez se haya completado el proceso establecido por la Agencia, procede seleccionar a una persona inquilina que cuente con un vale (voucher) de Sección 8.

La persona inquilina interesada deberá completar el formulario de Solicitud de Aprobación de Arrendamiento de Sección 8. Este formulario debe ser otorgado por la PHA. . 

Para obtener información sobre cómo una persona inquilina puede solicitar al programa de Sección 8, acceda aquí.

 

6. Acuerde un contrato de alquiler con la persona inquilina. 

Este debe ser aprobado por la PHA por lo que  debe estar en cumplimiento con las leyes y reglamentos federales.  Los contratos de alquiler del Programa de Sección 8 deben contar con ciertos requisitos; 

  • Debe ser un contrato escrito, no verbal; 
  • Debe tener como mínimo la duración de un año;
  • La renta no debe ser mayor a  los estándares de pago establecidos por la PHA
  • No se pueden pactar causales o razones para la terminación del alquiler contrarias a las ya establecidas en la reglamentación  federal. Para más información relacionada a las causales para la terminación del contrato de alquiler puede acceder al siguiente enlace.

 

¿Qué se debe hacer después de firmar el contrato de alquiler?

La persona arrendadora y la persona inquilina deben  presentar dicho contrato a la agencia que administra el vale de Sección 8. La Agencia le entregará a la persona arrendadora un contrato titulado “Housing Assistance Payment Contract” (HAP) que debe firmar de estar de acuerdo.

Una vez se firma el contrato de HAP entre la persona arrendadora y la Agencia, la persona arrendadora comenzará a recibir por la PHA  la ayuda para el pago del alquiler pagada por el programa de Sección 8. ¿De dónde sale esta información?

 

¿De dónde sale esta información?

Este contenido hace referencia a los estándares de calidad requeridos por HUD para el programa de Sección 8, la reglamentación federal sobre los contratos de alquiler subsidiados y el modelo de Contrato de alquileres de Sec. 8 

Más información

Encuentre aquí más información relacionada al programa de Sección 8. 

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Última revisión y actualización: Mar 09, 2026
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