Compra de Servicios de Educación Especial

Por: Ayuda Legal Puerto Rico

¿Qué es la compra de servicios de educación especial?

Cuando el Departamento de Educación no puede ofrecer una ubicación y localización adecuada para un estudiante del Programa de Educación Especial en una escuela pública, se puede solicitar que el Departamento asuma los costos de una escuela privada que sí pueda proveer la ubicación adecuada. Para conocer más información sobre la ubicación y localización oprima aquí.

¿Cómo se inicia una solicitud para compra de servicios?

  • En reunión de COMPU se debe establecer la recomendación sobre la ubicación adecuada para el o la estudiante y los servicios que debe recibir durante el año escolar.

  • Si el COMPU considera que la ubicación apropiada del estudiante no está disponible en su municipio u Oficina Regional Educativa (ORE), puede sugerir la compra de servicios educativos y hacerlo constar en la minuta de la reunión. 

  • Dicha minuta debe ser enviada al Facilitador Docente de Educación Especial para consulta de ubicación.

También se puede iniciar una solicitud de compra de servicios mediante la presentación de una querella administrativa.

Procedimiento de consulta de ubicación

El procedimiento de consulta de ubicación se realiza para investigar las escuelas disponibles dentro del municipio o Región Educativa que pudieran ofrecer la ubicación adecuada a la estudiante. 

El o la facilitador docente tendrá 10 días laborables desde que se recibe la consulta para realizar una investigación y determinar si existe o no la ubicación adecuada en una escuela pública.  

  • Si se identifica una escuela pública con la ubicación adecuada: 

    • El Departamento de Educación debe hacer un ofrecimiento de escuelas disponibles a los padres o encargados.

    • Los padres o encargados tendrán derecho a visitar las escuelas ofrecidas para ver si cumplen con los requisitos de ubicación adecuada para el o la estudiante. Si los padres no están de acuerdo con la ubicación ofrecida se debe establecer claramente el rechazo por escrito en la minuta. 

    • Si no se logra llegar a un acuerdo sobre la ubicación adecuada, se debe orientar a los padres sobre la opción de someter una querella administrativa solicitando compra de servicios. En estos casos será un juez administrativo quien determine si se aprueba o no una compra de servicios. 

 

  • Si se identifica que no existe, ni se puede crear, una ubicación adecuada para el estudiante en el Departamento de Educación: 

    • Se debe enviar la consulta junto con los resultados de la investigación a la Secretaría Asociada de Educación Especial junto con los siguientes documentos: 

  • Minuta de COMPU que identifique claramente la discusión sobre la alternativa de ubicación. 

  • El formuario Documentos de visitas a escuela acompañado de un resumen de las gestiones realizadas para identificar la ubicación apropiada dentro del DE y la justificación de porqué la compra de servicio es la única opción. 

  • Una propuesta del colegio o institución privada en la que se recomienda ubicar al estudiante, que contenga de forma clara los costos establecidos por la institución privada para los servicios educativos y/o servicios relacionados que recibirá la estudiante. 

  • El Facilitador Docente de Asistencia Técnica considerará todos los documentos sometidos y deberá asegurarse que, en efecto, el DEPR no cuenta con la ubicación apropiada para el estudiante, y que la institución privada recomendada es la mejor ubicación para éste. 

  • Una vez completado el análisis, el Facilitador Docente de Asistencia Técnica someterá una recomendación al Secretario Asociado de Educación Especial para su firma.

¿Qué modalidades existen para el pago de la institución privada?

  1. Pago directo

    • Cuando el Departamento de Educación ubica a estudiantes en instituciones privadas que tienen contrato con el Departamento de Educación, el pagó se realizará directamente a la institución. 

    • En casos de que la institución recomendada no tenga contrato con el Departamento de Educación se podrá:

      • Seleccionar otra institución privada que cumpla con la ubicación adecuada para la estudiante que ya tenga contrato con el Departamento de Educación

      • Gestionar la compra de servicio mediante el pago de reembolso

      • Si los padres evidencian que no tienen la capacidad económica para adelantar los pagos, el Departamento deberá coordinar con la institución para el pago directo a pesar de la falta de existencia de un contrato. 

  2. Reembolso 

    • Cuando los padres o encargados ubican a una estudiante en una escuela privada porque el Departamento de Educación no ha provisto una educación pública oportuna para la estudiante, se podrá solicitar la compra de servicio y, de ser aprobada, se procederá al reembolso de los pagos realizados por los padres para los servicios educativos.  

    • Para poder tramitar el reembolso se debe entregar:

      • Copia del Programa Educativo Individualizado (PEI) vigente 

      • Propuesta de Servicios Educativos que incluya los costos para los servicios propuestos 

      • Autorización de pago emitida por la Secretaría Asociada de Educación Especial o por Resolución Judicial, en casos en que se haya aprobado la compra a través del procedimiento de querella. 

      • Entregar evidencia de los pagos realizados (recibo original, copia de los cheques cancelados, copia del estado de cuenta que refleja el pago, etc). 

      • Certificación original firmada y sellada por un oficial autorizado de la escuela privada o un proveedor de servicios sobre los servicios ofrecidos y los costos de dichos servicios cada vez que se someta un reembolso. 

      • Copia de identificación con foto de la persona autorizada a recoger el cheque de reembolso. 

¿Cuánto tiempo dura la compra de servicios?

La compra de servicios se revisará anualmente, durante el proceso de revisión de PEI. 

Cuando el COMPU evalúe las necesidades de la estudiante para determinar su ubicación futura, debe considerar si la situación que originó la compra de servicios varió, ya sea porque las necesidades del o la estudiante no son las mismas o porque se ha logrado identificar la alternativa de ubicación apropiada a nivel público.

¿Se puede realizar una compra de servicio para una escuela o institución fuera de Puerto Rico?

. Las compras de servicio en ubicaciones fuera de Puerto Rico se aprobarán siguiendo el mismo proceso ya descrito. En estos casos se deberá presentar a la Secretaría Asociada de Educación Especial una justificación más detallada con las evidencias producto de la investigación realizada para demostrar que la alternativa de ubicación adecuada para la estudiante no existe en Puerto Rico y que la única alternativa existente se encuentra fuera del país.

Si busca representación legal

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Última revisión y actualización: Aug 01, 2025
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