Días de licencia por enfermedad para cuidar familiares
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Ley de salario mínimo, vacaciones y licencia por enfermedad
Esta ley, aprobada en diciembre del 2015, enmendó la Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencias por enfermedad. Puede descargar la ley actualizada aquí. Esta enmienda afectó los artículos 4 y 6.
¿A qué personas empleadas beneficia esta ley?
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A todas, trabajen en el sector público o privado. Lo importante es que tengan los días de enfermedad acumulados.
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NO aplica a negocios que tengan 15 personas empleadas o menos.
Para el cuidado de…
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Enfermedad o tratamientos de hijos, hijas, esposo o esposa, madre o padre.
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También podrá cuidar menores, personas de edad avanzada o con impedimentos que estén bajo su tutela o custodia.
Tenga en cuenta que
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Al usar esta licencia por enfermedad deberá cumplir con las normas de conducta del patrono (asistencia, puntualidad)
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También le pueden pedir certificado médico (de la persona que está cuidando) si la ausencia es mayor de 2 días laborables.
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Recuerde que utilizar las licencias por enfermedad no elimina su derecho a la privacidad. El certificado médico debe ser suficiente.
Máximo de días
Podrá utilizarse hasta un máximo de 5 días (tiene que tener disponible esos días).
Tenga en cuenta que:
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Al usar esta licencia por enfermedad deberá cumplir con las normas de conducta del patrono (asistencia, puntualidad)
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También le pueden pedir certificado médico (de la persona que está cuidando) si la ausencia es mayor de 2 días laborables.
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Recuerde que utilizar las licencias por enfermedad no elimina su derecho a la privacidad. El certificado médico debe ser suficiente.
¿De dónde sale esta información?
Este contenido educativo hace referencia a la Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico.
Para más información acerca de: Derechos Laborales
Para más información sobre derechos relacionados al trabajo presione aquí.
Si busca representación legal
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