Derechos de personas que padecen de salud mental
Contenido
- Presunción de competencia mental
- Derechos generales de la persona que requiere, necesita y/o recibe servicios de salud mental
- Las personas sordas tienen los mismos derechos que las personas oyentes
- Otros derechos que protegen a las personas que padecen alguna condición de salud mental
- ¿Qué puede hacer si se violan estos derechos?
- Más información
- Si busca representación legal
Presunción de competencia mental
La Ley de Salud Mental de Puerto Rico reconoce numerosos derechos de las personas que padecen alguna condición de salud mental. Lo esencial es que en su trato, tratamiento y rehabilitación, estas personas tienen derecho a un trato digno, un derecho que no se pierde en ningún momento, independientemente de que la persona se encuentre hospitalizada involuntariamente o haya perdido su competencia mental temporeramente o indefinidamente o se encuentre recluída en una institución penal.
Se presume que toda persona tiene salud mental buena. Esto implica que se entiende que toda persona es capaz de tomar decisiones y conocer sus consecuencias. Por eso, cuando se alega que una persona sufre de capacidad mental afectada, esto tiene que probarse. Por otro lado, se presume que toda persona con trastorno mental tiene el potencial de recuperarse y de ser rehabilitada al recibir los servicios adecuados a su diagnóstico y severidad.
Derechos generales de la persona que requiere, necesita y/o recibe servicios de salud mental
Toda persona adulta que recibe servicios de salud mental continuará disfrutando de sus derechos, beneficios y privilegios garantizados. Además cada persona tiene derecho a:
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Recibir atención médica, psiquiátrica o psicológica en cualquiera de sus etapas (preventiva, clínica, recuperación y rehabilitación) para proteger su salud y bienestar general.
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Ejercer una profesión u oficio conforme a sus conocimientos y capacidades, tomando en consideración su trastorno mental y nivel de funcionamiento.
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Solicitar y obtener trabajo libre de discrimen por razón de enfermedad mental, tiene derecho a participar en talleres y recibir la ayuda técnica o profesional que le ayude a desarrollar su potencial.
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Tener acceso a las ayudas y servicios públicos ya sea en las áreas de vivienda, bienestar social, salud, alimentación, transportación educación o empleo.
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Buscar soluciones para cualquier problema u ofensa, ya sea sola o colectivamente.
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Ser escuchada, atendida y consultada en todo asunto que afecte su condición y progreso.
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Recibir servicios médicos sin discrimen por razón de su condición de salud mental.
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Ser referida al nivel de cuidado que mejor le beneficie.
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Visite el siguiente enlace para más información sobre los niveles de cuidado.
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En procesos de ingreso involuntario, toda persona tiene derecho a la representación legal. La persona puede ser representada por representante legal o procuradora de la familia. Si la persona es indigente y no ha podido contratar representación legal el tribunal le designará una.
Las personas sordas tienen los mismos derechos que las personas oyentes
Conoce más en el siguiente vídeo:
Otros derechos que protegen a las personas que padecen alguna condición de salud mental
Toda persona adulta tiene derecho a recibir servicios de salud mental enfocados en su condición, severidad del trastorno, edad y género.
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Las personas no podrán ser discriminadas en el acceso a estos servicios por diagnóstico o severidad de la enfermedad, a su vez no se distinguirá por enfermedades previas.
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Ningún proveedor podrá discriminar contra personas en su acceso a servicios de salud mental por medio de distinciones en la prestación, el acceso, administración o modo de planificar sus servicios.
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Todo proveedor de salud mental tiene la obligación de brindar servicios médicos dentro de los primeros 15 días laborales de la petición si no es una emergencia psiquiátrica. Tienen prohibido el crear listas de espera si se exceden de los 15 días sin haber ofrecido el servicio.
Toda persona adulta que recibe servicios de salud mental tiene el derecho a no ser identificada como una persona que padece alguna condición de salud mental.
- Tiene derecho a ser notificada sobre sus derechos garantizados, aquí expuestos, al momento de la admisión o lo más pronto luego del mismo.
- Se le tiene que entregar a la persona una explicación detallada de cualquier limitación que pudiera sufrir durante su hospitalización y que la misma sea justificadas por medio de tratamiento médico.
Toda persona tiene derecho a un plan personal e individualizado de tratamiento, recuperación y rehabilitación seguro y humano. Además tiene derecho a:
- Participar, lo más que sea posible, en la formulación y revisión de dicho plan, con la participación de la persona familiar más cercana.
- Derecho a no ser sometida a ningún tratamiento o procedimiento experimental o exploratorio no aprobado por organismos federales o estatales.
- A menos que la persona preste su consentimiento, de manera informada, y provea un permiso, legalmente efectivo, para el tratamiento.
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Toda persona adulta que recibe tratamiento mental tiene derecho a conocer y ser informada de todo lo relacionado a su evaluación, tratamiento, recuperación o rehabilitación por medio de un lenguaje que pueda entender.
Para que se considere el consentimiento como uno que se proveyó de manera informada, la persona debe conocer la siguiente información:
a. El diagnóstico y la descripción clínica de su condición
b. El tratamiento recomendado
c. Los riesgos y consecuencias de aceptar o rechazar el tratamiento
d. Otras alternativas de tratamiento que estén disponibles aunque sean menos indicadas
e. Beneficios, riesgos y consecuencias de las alternativas de los tratamientos
f. El pronóstico correspondiente
g. La posibilidad de efectos secundarios y daños irreversibles como resultado de los tratamientos
- Esta información debe ser provista de una manera accesible que la persona pueda entender.
- Si es una emergencia médica o psiquiátrica se podrán administrar los servicios de estabilización sin necesitar el consentimiento de la persona.
La persona puede negarse a recibir cualquier tipo de servicio de su Plan de Tratamiento, Recuperación o Rehabilitación. Se le debe informar sobre alternativas al tratamiento. La excepción a esto es cuando el tratamiento es necesario para manejar una situación de emergencia.
La persona tiene derecho a la libertad de comunicación privada, sin censura y sin impedimento con la persona que guste. Puede ser por medio telefónico, correo o visitas.
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Estas solo podrán ser razonablemente restringidas si media una justificación médica.
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NO podrán ser limitadas cuando sea sobre asuntos legales.
- Mientras recibe tratamiento médico, sujeto a normas y procedimientos que la institución encuentre necesarias.
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Ninguna persona empleada de la institución tiene derecho a recibir dinero a nombre de la persona al menos que haya consentimiento del tribunal.
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Se deben mantener sus efectos personales.
Puede laborar o trabajar voluntariamente para la institución pero NO podrá ser obligada a esto, a menos que forme parte de su plan de tratamiento. El trabajo no podrá ser usado como un castigo hacia la persona.
La persona tiene derecho a solicitar participación en grupos o por personas de apoyo de una manera confidencial. Tiene derecho tambien a:
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Recibir el apoyo físico o emocional necesario al momento de ser dada de alta.
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Recibir apoyo cuando existe responsabilidad moral en especial personas de edad avanzada o con restricciones mentales.
¿Qué puede hacer si se violan estos derechos?
Podrá presentar quejas o querellas con relación a violaciones de sus derechos. Toda querella deberá ser atendida dentro de los 30 días de ser debidamente presentada. Se le debe notificar la determinación oficial a la persona o su tutora legal por escrito.También tiene derecho a acudir al tribunal.
Personas confinadas:
- Los derechos numerados previamente protegen a personas adultas que se encuentran cumpliendo sentencias o que están recluídas en instituciones penales en la medida que no conflijan con la seguridad establecida en dichas instituciones.
Responsabilidades de las personas que reciben servicios de salud mental
1) Asumir responsabilidad sobre su recuperación en la medida de sus capacidades
2) Participar en las actividades y programas de autosuficiencia de apoyo en su comunidad
3) Las personas encargadas de la persona que padece algún trastorno de salud mental tiene una responsabilidad de llevar a la persona a sus tratamientos y actividades establecidas en su plan.
Más información
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Si busca representación legal
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