El derecho a la educación y las personas inmigrantes
Por: Ayuda Legal Puerto Rico
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El trato discriminatorio por estatus migratorio está prohibido por ley
La Ley Núm. 205 del 8 de diciembre del 2015 enmendó la Carta de Derechos del Estudiante para aclarar las prohibiciones de discrimen. Esta ley obliga al Departamento de Educación y personas funcionarias a adoptar las medidas necesarias para evitar el trato discriminatorio.
Entre otras formas de discrimen prohibido se encuentra el trato desigual por estatus migratorio. La dignidad de las personas es inviolable y tenemos que garantizar los derechos de todos y todas.
Por esto, la ley establece que:
- Las personas estudiantes tienen derecho a educación pública gratuita y segura
- Este derecho incluye a todas las personas que viven en Puerto Rico, sean o no inmigrantes.
- No se le puede negar acceso al sistema público a una persona inmigrante
- No se puede negar el acceso o la educación aún cuando no pueda establecer que su estatus migratorio está regularizado
- No se puede preguntar a estudiantes o familiares sobre su estatus migratorio o el de sus padres o personas encargadas (esto incluye evidencias para acreditar residencia legal).
- ESTOS DOCUMENTOS (O SU AUSENCIA) NO PUEDEN CONDICIONAR LA MATRÍCULA DE UNA PERSONA ESTUDIANTE
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Acceda aquí al texto de la Ley Núm. 195 de 22 de agosto de 2012, según enmendada, conocida como la Carta de Derechos del Estudiante.
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