¿Qué incluye la Declaración de estado de emergencia por violencia de género en Puerto Rico?
Contenido
- ¿Por qué una declaración de emergencia para este tipo de violencia?
- ¿Qué es la violencia de género?
- ¿Qué estableció la declaración de estado de emergencia?
- ¿Qué es el Comité PARE?
- Descargue aquí la Orden Ejecutiva 2021-013, derogada por la Orden Ejecutiva 2022-035
- Descargue aquí la Orden Ejecutiva 2022-035
- Más información
- Si busca representación legal
¿Por qué una declaración de emergencia para este tipo de violencia?
La Orden Ejecutiva 2022-035, vigente desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de junio de 2023, extendió el estado de emergencia ante el aumento de casos de violencia de género en Puerto Rico decretado en la Orden Ejecutiva OE-2021-013. Esto es cónsono con la política pública del gobierno de darle prioridad a la prevención y atención de la violencia de género en todas sus manifestaciones y ha sido un reclamo constante de organizaciones que ofrecen apoyo a sobrevivientes de violencia de género.
¿Qué es la violencia de género?
La violencia de género incluye conductas que causan daño físico, sexual o psicológico a otra persona, motivadas por estereotipos de género creados y aprendidos culturalmente sobre como se espera que se comporten los hombres y las mujeres. Los estereotipos incluyen opiniones o prejuicios basados en las funciones sociales y están cargados por una relación de desigualdad de poder de un género sobre otro.
Entre sus manifestaciones se encuentran las siguientes:
- amenazas,
- agresiones,
- maltrato emocional o psicológico,
- violencia sexual,
- persecución y aislamiento,
- entre otras similares.
La violencia de género afecta de forma desproporcionada a las mujeres y se considera una violación a los derechos humanos. Es por esto que en términos estadísticos la gran mayoría de personas que sufren ciertos tipo de violencia son mujeres, por ejemplo, violencia doméstica, violencia sexual, acecho, acoso y hostigamiento sexual en el empleo. Esto no significa que otras personas no puedan sufrir estos tipos de violencia, cualquier persona puede sufrirlas. Sin embargo, el mero hecho de nacer mujer trae consigo un mayor riesgo y probabilidad de sufrir alguna de estas violencias durante su vida. Reconocer esto es importante para visibilizar este tipo de violencia y poder proveer mejores respuestas de prevención e intervención con este problema social.
¿Qué estableció la declaración de estado de emergencia?
El estado de emergencia estableció, en resumen, lo siguiente:
-
Decreta un estado de emergencia en Puerto Rico debido al alza en casos de violencia de género y ordena establecer medidas dirigidas a prevenir y erradicar esta conducta.
-
Mantiene como un servicio prioritario del gobierno establecer y ejecutar programas de protección, prevención y orientación, protocolos de acceso a vivienda, servicios de salud, educación y trabajo. Se ordenó a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) a priorizar las solicitudes de fondos y presupuesto a estos fines y hacer las gestiones necesarias ante la Junta de Supervisión.
-
Se designó una persona oficial de cumplimiento a tiempo completo para velar por el cumplimiento con la Orden Ejecutiva. Este responderá directamente al gobernador.
-
Se ordenó la creación de un Comité de prevención, apoyo, rescate y educación de la violencia de género (Comité PARE) como comité asesor del gobernador. El propósito de este comité es recomendar medidas y políticas establecidas para cumplir con los objetivos de la Orden. Puede ver abajo más información sobre la composición y responsabilidades de este comité.
-
Se ordenó al Comité PARE revisar y emitir recomendaciones sobre los procedimientos de solicitud y expedición de órdenes de protección.
-
Se ordenó al Departamento de Seguridad Pública, en colaboración con el Comité PARE, a desarrollar un programa para dar seguimiento y verificar la seguridad de toda persona que tenga una orden de protección a su favor por violencia de género. Esto incluye visitas y/o llamadas y contempla el establecimiento de acuerdos colaborativos con la Policía Municipal y otras entidades públicas o privadas.
-
Se ordenó al Departamento de Justicia, en colaboración con el Comité PARE, a evaluar las divisiones especializadas del Departamento de Justicia y explorar alternativas para atender con mayor sensibilidad y efectividad los casos con víctimas particularmente vulnerables.
-
Se ordenó al Comité PARE a procurar la colaboración de las clínicas de asistencia legal de las escuelas de derecho de Puerto Rico, en iniciativas dirigidas a atender problemas legales que puedan enfrentar las mujeres.
-
Se ordenó al Departamento de Seguridad Pública, en colaboración con el Comité PARE, a evaluar alternativas tecnológicas para actualizar y mejorar los instrumentos utilizados para tramitar y registrar quejas o denuncias y el estatus de progreso de los casos. Además, evaluar y recomendar implementación de estrategias para optimizar la comunicación entre las agencias de seguridad.
-
Se ordenó el desarrollo de una aplicación para dispositivos móviles que permita solicitar asistencia de forma rápida en situaciones de emergencia, ocultando el mensaje enviado.
-
Se ordenó al Comité PARE a evaluar y proveer recomendaciones para la implantación del Plan Alerta ROSA. Este establece el protocolo a seguir por las agencias de seguridad y entidades públicas ante la posible desaparición o secuestro de una mujer de 18 años o más. Vea aquí la Ley Núm. 149-2019.
-
Se ordenó al Departamento de Desarrollo Económico a evaluar y expandir programas de capacitación y adiestramiento a mujeres que viabilicen su integración a la fuerza laboral, como la creación de centros de cuido para menores, personas de edad avanzada y dependientes con condiciones de salud.
-
Se ordenó la toma de medidas por parte de las entidades y agencias gubernamentales correspondientes para identificar los recursos y fondos necesarios para cumplir con la Orden Ejecutiva.
-
Mantuvo la vigencia del Protocolo de Acción para combatir la violencia hacia las mujeres en Puerto Rico establecido en la Orden Ejecutiva OE-2020-078 y facultó al Comité PARE para revisarlo y hacer recomendaciones y cambios.
¿Qué es el Comité PARE?
Este comité se creó para recomendar medidas y políticas establecidas para cumplir con los objetivos de la Orden. Se debe reunir un mínimo de una vez al mes, será presidido por la Secretaria de la Familia y está compuesto por representantes de las siguientes agencias gubernamentales, personas del sector privado y organizaciones sin fines de lucro:
-
Departamento de la Familia;
-
Departamento de Justicia;
-
Departamento de Educación;
-
Oficina de la Procuradora de la Mujer;
-
Departamento de la Vivienda;
-
Departamento de Desarrollo Económico;
-
Departamento de Salud;
-
Departamento de Corrección;
-
Negociado de la Policía;
-
Instituto de Ciencias Forenses;
-
instituto de Estadísticas;
-
Una persona representante de la Academia;
-
Una persona representante de los medios de comunicación;
-
Tres representantes de organizaciones sin fines de lucro dedicadas a la lucha contra la violencia de género en Puerto Rico o de servicios a sobrevivientes de violencia de género; y
-
La persona oficial de cumplimiento designada por el gobernador.
Las personas representantes de los medios de comunicación, la academia y las organizaciones sin fines de lucro son seleccionadas por la Secretaria de la Familia en consenso con el Gobernador, quien puede añadir miembros a su discreción. Si usted pertenece a uno de estos grupos y le interesa participar, puede registrarse y llenar el formulario de solicitud a través del portal www.fortaleza.pr.gov.
¿Cuáles son las facultades y funciones del Comité PARE?
-
Evaluar el Protocolo de Acción para combatir la violencia hacia las mujeres en Puerto Rico establecido en la Orden Ejecutiva OE-2020-078 y hacer recomendaciones para mejorarlo y acelerar su implementación;
-
Realizar vistas públicas;
-
Emitir recomendaciones sobre proyectos de ley, medidas reglamentarias, programas para la prevención y manejo de casos de violencia de género, medidas dirigidas a la rehabilitación de las personas victimarias y proponer programas de educación de perspectiva de género;
-
Establecer procesos expeditos para el manejo de casos de violencia de género en los que se garanticen los derechos de todas las partes y se garantice la seguridad de la persona que sufrió la violencia;
-
Promover acuerdos interagenciales, con organizaciones sin fines de lucro y con el sector privado para establecer campañas educativas para prevenir y combatir la violencia de género;
-
Establecer mecanismos de capacitación a agentes del orden público y personal del Departamento de Justicia, Departamento de Seguridad Pública, Departamento de la Familia, Departamento de Salud y Departamento de Corrección y Rehabilitación;
-
Ofrecer recomendaciones al sector privado sobre el manejo del protocolo en virtud de la Ley Núm. 217-2006, que establece que todo patrono debe contar con un protocolo para manejar situaciones de violencia doméstica en lugares de trabajo o empleo;
-
Proveer mecanismos para establecer estadísticas confiables sobre la incidencia y manejo de casos de violencia de género, siempre garantizando la seguridad de la persona afectada;
-
Establecer y recomendar iniciativas de rehabilitación;
-
Revisar los protocolos existentes en casos de hostigamiento sexual en el ámbito laboral;
-
Promover mecanismos para agilizar las pruebas forenses necesarias para identificar y atender los casos de violencia y acoso sexual, incluyendo SAFE kits;
-
Evaluar las iniciativas y necesidades de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres a la luz de la Ley Núm. 20-2001, con el propósito de someter recomendaciones y proveerle apoyo;
-
Evaluar el plan de divulgación y distribución de recursos de la Oficina de Compensación a Víctimas y Testigos de Delito del Departamento de Justicia, y asegurar que estos estén siendo distribuidos equitativamente a través de toda la isla;
-
Diseñar una campaña mediática educativa y coordinar su publicación y diseminación a través de los medios de comunicación y en coordinación con el sector público y privado;
-
Crear subcomités para asegurar el monitoreo de estadísticas, el establecimiento de política pública, el desarrollo de campañas educativas y mediáticas y la creación de alianzas entre el sector público y privado;
-
Evaluar el cumplimiento con las secciones 2 y 3 de la Ley Núm. 158-2020.
-
Revisar el protocolo de investigación para los casos de muertes violentas contra las mujeres y el sistema de compilación y manejo de datos estadísticos sobre las muertes violentas de mujeres en Puerto Rico, según ordena la Ley Núm. 157-2020;
-
Coordinar una campaña de concienciación desde cada agencia del gobierno para que semanalmente una agencia lleve a cabo una expresión; y
-
Cualquier otra acción e iniciativa que el Comité PARE entienda necesaria para cumplir con los objetivos de la Orden Ejecutiva.
¿Qué otras responsabilidades tiene el Comité PARE?
El Comité PARE debe rendir al gobernador un informe inicial dentro de 45 días desde la promulgación de la Orden Ejecutiva. Este informe debe incluir información sobre los trabajos realizados y las medidas a implementarse de forma inmediata. A partir de este informe inicial, debe rendir un informe mensual sobre los trabajos realizados y sus recomendaciones para atender el problema de la violencia de género. Todos estos informes deberán hacerse disponibles al público general.
En la Orden Ejecutiva 2022-035 se mencionan las iniciativas que se han logrado y las que se encuentran en proceso. En esta se estableció que en aras de garantizar las iniciativas puestas en marcha bajo la Orden Ejecutiva 2021-013, las recomendaciones de iniciativas, medidas y acciones puntuales contenidas en el Plan de Acción para la implantación y ejecución del estado de emergencia ahora serán considerados por las agencias en el diseño y ejecución de la política pública.
Más información
Encuentre aquí más información importante sobre la violencia de género.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Encuentre aquí varios directorios con información sobre organizaciones que ofrecen servicios sin costo a sobrevivientes de violencia de género y líneas de ayuda.