Estudiantes Dotadas: ¡Conozca sus Derechos!

Conozca sus derechos

¿Qué es una persona dotada?


Se determina que una persona es dotada utilizando varios factores:

 

  • cociente intelectual igual o mayor de 130;
  • capacidad social y cognitiva excepcional, por encima de su edad cronológica y superior a la de otras personas de su misma edad,
  • experiencia o ambiente;
  • alta capacidad intelectual, creativa, artística o de liderazgo, o en una o más áreas académicas específicas, exhibida o demostrada mediante evaluaciones psicológicas y educativas realizadas por profesionales debidamente certificadas.

   

Las personas superdotadas también tienen derecho a una educación que fomente el pleno desarrollo de su personalidad y que fortalezca el respeto de los derechos humanos. Por mucho tiempo, las personas superdotadas no recibían los servicios que necesitaban para garantizar su educación plena. Como resultado, no podían desarrollar al máximo sus capacidades.  

   

En los últimos años se han aprobado varias leyes que reconocen y garantizan el derecho a la educación de las personas dotadas. A continuación, resumimos algunas de estas leyes y sus derechos principales. Puede descargar las leyes en la Biblioteca Legal de AyudaLegalPR.org, en la sección de Estudiantes Dotados.

 

Ley 159 del 2012, Enmienda a la Ley Orgánica del Departamento de Educación


  • Reconoce a las personas dotadas el derecho a la aceleración – que permite completar la educación escolar más rápido que estudiantes de corriente regular-.
  • Establece que una persona dotada podría ser evaluada para que entre a la escuela (ya sea kinder, primero o segundo) antes de los 5 años.
  • Los servicios de aceleración deben ser solicitados y aprobados por los padres, madres o personas tutoras del o la menor.
  • Establece programas de adiestramiento para que las maestras puedan identificar y servir correctamente a personas dotadas.
  • Permite desarrollar servicios alternativos para que las personas dotadas disfruten del derecho a la educación.
  • Las personas directoras escolares son responsables de que en su escuela existan programas dirigidos a atender las necesidades de personas dotadas, ofreciendo alternativas de enriquecimiento, agrupación, aceleración y modelos curriculares que le permitan recibir educación a partir de su desarrollo individual.
  • Los récords de estudiantes son confidenciales y solo tendrán acceso a ellos la estudiante, los padres, madres, funcionarias autorizadas por el Departamento de Educación y  personas autorizadas por orden del tribunal. 
  • El Secretario de Educación tiene la obligación de crear un registro de personas dotadas en el Departamento. 

 

Ley Habilitadora para el Desarrollo de la Educación Alternativa de Puerto Rico


Esta ley define la educación alternativa como una educación integrada, que atiende las particularidades biológicas, sociales, psicológicas, académicas y vocacionales, entre otras, de estudiantes que podrían estar en riesgo de abandonar la escuela o que ya están fuera de ella. 

 

Programa Piloto de Estudios para Estudiantes Dotados, Ley 158-2012


Establece que se adoptará un currículo diferente al regular para las personas dotadas.

 

Más

Más sobre personas dotadas


Encuentra más información sobre niños dotados y niñas dotadas aquí.

 

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Última revisión y actualización: Jun 23, 2019
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