Formulario interactivo - Petición de orden de protección al amparo de la Ley 121
Contenido
¿Para qué es la Ley 121 de 2019?
La Ley 121 de 2019 también conocida como la Carta de derechos y la política pública del gobierno de Puerto Rico a favor de los adultos mayores establece las responsabilidades del gobierno para con las personas adultas mayores. La ley a su vez establece el procedimiento para solicitar órdenes de protección a favor de las personas adultas mayores cuando sus derechos se ven violentados ya sea por personas particulares o instituciones tales como hogares, hospitales u otras que puedan estar cargo del cuido de la persona adulta mayor.
¿Cuándo se puede presentar una solicitud de orden de protección al amparo de esta ley?
En cualquier momento que una persona adulta mayor sufra maltrato que le ocasione daño o lo exponga al riesgo de sufrir daño a su salud, bienestar o a sus bienes. La negligencia en cumplir con los deberes que tiene una persona o institución sobre la persona adulta mayor también constituye maltrato. Así las cosas (por ejemplo fallar en proveer alimentos, ropa, albergue o atención médica se considera maltrato.
¿Quién puede presentar una solicitud de orden de protección a favor de una persona adulta mayor?
Las solicitudes de orden de protección al amparo de esta ley pueden ser presentadas por las siguientes personas:
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La persona adulta mayor por si misma.
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Por una persona abogada en representación de la persona adulta mayor.
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Por una persona funcionaria pública en representación de la persona adulta mayor.
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Por la persona tutora legal de la adulta mayor.
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Por cualquier persona particular interesada en el bienestar de la persona adulta mayor (por ejemplo familiares, amigas y vecinas).
¿Qué cosas puede ordenar el tribunal para proteger a la persona adulta mayor?
Una vez sometida la solicitud de orden de protección, el tribunal evaluará los hechos y podrá ordenar:
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Que la parte contra la quien se presenta la orden (la peticionada) desaloje la residencia que comparte con la persona adulta mayor.
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Que la peticionada se abstenga de acercarse o penetrar cualquier lugar donde se encuentre la persona adulta mayor.
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Que la parte peticionada deje de molestar, hostigar, perseguir, intimidar, amenazar o interferir de cualquier otra manera en el ejecicio de los derechos de las personas adultas mayores.
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Que la parte peticionada le pagué una pensión a la persona adulta mayor.
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Prohibirle a la parte peticionada disponer de los bienes de la persona adulta mayor.
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Entre otros remedios que sean necesarios para dar cumplimiento a los propósitos y política pública establecida en la carta de derechos de la persona adulta mayor (Ley 121).
¿Qué es un formulario interactivo?
Es un formulario que interactúa directamente con usted, a través de una serie de preguntas en modo de entrevista, en lugar de meramente esperar a ser llenado. Las preguntas están diseñadas para hacer del documento uno accesible y para agilizar el proceso de llenar el mismo.
Instrucciones
1
Una vez acceda el formulario interactivo tendrá que oprimir sobre el botón que lee "Empezar" para comenzar el proceso.
2
Luego tendrá acceso a los términos de uso de la plataforma de LawHelp Interactive que es la que le permite acceder el formulario interactivo a través de internet. Para poder continuar tiene que aceptar los términos de uso de dicha compañía oprimiendo en los lugares que aparecen identificados abajo.
3
En el formulario tendrá que contestar una serie de preguntas y cuando esté satisfecho o satisfecha con su contestación deberá oprimir el botón de Continuar para seguir llenando el formulario interactivo. El formulario se verá distinto dependiendo de si lo accede desde su celular (versión móvil) o desde su computadora. Abajo puede ver ejemplos de ambos.
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Una vez termine de llenar el formulario tendrá la opción de bajar el documento oprimiendo un botón como el que ve abajo.
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También tiene la opción de enviar el formulario a un correo electrónico oprimiendo el botón correspondiente.
Presentación electrónica en los tribunales
La Rama Judicial estableció un procedimiento para que las personas puedan presentar solicitudes de órdenes de protección, de ingreso involuntario por salud mental y otros asuntos civiles urgentes, sin necesidad de acudir físicamente al Tribunal o cuartel de la Policía. Si escoge utilizar esta alternativa, debe completar los formularios necesarios y enviarlos por correo electrónico a presentaciones@ramajudicial.pr. Luego, personal del Tribunal se comunicará para atender el asunto mediante videoconferencia. Este mecanismo operará de lunes a domingo, de 8:30 am a 10:00 pm.
La opción de enviar el formulario le aparecerá al finalizar la entrevista. Tendrá que seguir las siguientes instrucciones para enviar el formulario.
- Ingresar el correo electrónico presentaciones@ramajudicial.pr en el campo que lee: "Para:"
- Ingresar su correo electrónico en el campo que lee "From:"
- Es necesario que ingrese su correo electrónico porque ahí recibirá las comunicaciones del Tribunal referentes a la vista e instrucciones para la videoconferencia entre otros asuntos.
- En el texto del mensaje debe indicar su nombre completo, el tipo de orden que solicita y un número de teléfono a donde se le pueda contactar.
- Además, debe indicar si necesita la asistencia de un o una intérprete de idiomas o lenguaje de señas. Puede escribir esta información en el el texto del mensaje es la sección que lee "El documento adjunto fue creado por LawHelp Interactive" (puede borrar ese texto).
Para llevar a cabo este proceso, debe estar en un lugar donde se sienta seguro(a). Debe ser un área privada y libre de distracciones a la que no tenga acceso la parte contra quien está solicitando la orden. Tenga en cuenta que completar el proceso puede tomar más de una hora.
Por eso:
• Si se encuentra en una situación de emergencia o peligro inminente, debe llamar al 9-1-1 o a la Policía.
• Si vive con la persona agresora y no puede abandonar la residencia, tiene las siguientes alternativas:
• Busque un lugar seguro en la casa alejado de la parte agresora. Escriba un correo electrónico o mensaje de texto rápido a una persona allegada para que llame al 9-1-1 por usted. Puede usar frases cortas o claves para que la comunicación sea rápida. Por su seguridad, es recomendable borrarlas una vez las envíe para que no quede rastro en su dispositivo electrónico.
• Si se trata de una orden de protección por violencia doméstica, podría pedirle a su padre, madre o hijos(as) mayores de edad que soliciten la orden por usted.
Puede encontrar más información al respecto a través del siguiente enlace.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos.