Formulario interactivo- Petición de Orden de Protección al amparo de la Ley Núm. 54

Por: Ayuda Legal Puerto Rico

¿Qué es un formulario interactivo?

Es una herramienta que le permite preparar documentos contestando una serie de preguntas. Para comenzar a preparar su solicitud, oprima el botón de abajo, contesté las preguntas y descargue el documento al final de la entrevista. Tendrá la opción de enviar su solicitud directamente al Tribunal y de recibir copia de la misma a través de email si escoge esa opción y si ingresa un email válido.

¿Qué es una Orden de Protección por violencia doméstica?

Una orden de protección es una orden que emite un tribunal que prohíbe a la persona agresora acercarse, comunicarse por cualquier medio, amenazar, molestar u hostigar de cualquier forma a la persona protegida, entre otras cosas. Este es un remedio civil que se puede solicitar simultáneamente a la radicación de una querella criminal por los mismos hechos o sola, sin que exista un caso criminal por los mismos hechos.

Dentro de una orden de protección, el Tribunal puede conceder remedios sobre custodia, relaciones filiales, pensión alimentaria, disposiciones sobre bienes en común, recogido de pertenencias, entre otros. Estos remedios son temporeros y duran por el mismo tiempo que dure la orden de protección. Se incluyen en el proceso porque las situaciones de violencia doméstica muchas veces incluyen otras complicaciones que requieren la intervención del Tribunal.

¿Quién puede llenar este formulario?

Cualquier persona que entienda que ha sufrido violencia doméstica puede solicitar una orden de protección, no importa su género, estado civil o su estatus migratorio. La violencia de género en todas sus manifestaciones es una violación de derechos humanos. De acuerdo a la ley, las conductas que son violencia pueden incluir violencia física, violencia emocional, violencia económica, violencia cibernética, amenazas, restricción de la libertad y agresión sexual conyugal. En Puerto Rico existe una política pública de no tolerancia hacia la violencia doméstica.

¿Qué debe incluir el formulario de Petición de Orden de Protección?

Nombre completo de la persona que solicita la Orden

Nombre, dirección residencial y teléfono de la persona contra quien se solicita la Orden de Protección (parte peticionada)

  • Si no conoce la dirección residencial de la otra persona pero sí sabe cómo llegar, puede completar este formulario y hacer un croquis (mapa) u ofrecer puntos de referencia luego en el Tribunal cuando vaya a radicar la Petición. Una persona alguacil puede asistirle en este proceso. 

  • Relación con la persona peticionada 

  • Información personal y para facilitar la identificación de la persona

  • Información de un familiar o persona contacto de la persona contra quien se solicita la Orden (parte peticionada)

  • Información sobre hijos o hijas menores en común, si aplica

  • Si interesa que el Tribunal conceda remedios provisionales sobre custodia, pensión alimentaria y relaciones filiales, bienes o daños, si aplica

  • Alegaciones

  • Si hubo menores de edad presentes

  • Si la persona contra quien solicita la Orden posee armas de fuego o cualquier otra arma

  • Si recibió asistencia médica

  • Si intervino la policía

  • Si ha habido órdenes de protección anteriores

  • Si se han violado órdenes de protección antes

  • Si existen procesos criminales pendientes

  • Remedios solicitados

  • Fecha, nombre y firma de la persona que solicita la orden de protección o su representante

¿Qué documentos debe incluir?

No es necesario acompañar documentos adicionales a la Petición de Orden de Protección. Sin embargo, es recomendable que de existir evidencias como fotos de agresiones, mensajes de texto o de voz amenazantes o insultantes, se conserve dicha evidencia para el día de la vista final.

¿Dónde se presenta la orden de protección?

Se puede presentar de manera electrónica directamente al tribunal enviando el formulario a presentaciones@poderjudicial.pr. Se puede presentar de manera electrónica directamente al tribunal enviando el formulario a presentaciones@poderjudicial.pr. El horario de servicios actualmente para la Sala Municipal Virtual es de 1:00 pm a 10:00 pm. todos los días, incluyendo feriados, fines de semana y periodos de emergencia, siempre y cuando se tengan los medios para mantenerlo.

También se puede presentar personalmente en las Salas de Investigaciones y en las Salas especializadas en casos de violencia de género en aquellos centros judiciales que cuentan con ellas. Además, se puede solicitar dentro de cualquier proceso legal existente en el Tribunal. Encuentre aquí una guía sobre los pasos para solicitar una Orden de Protección y una descripción del proceso.

 Existen Salas Especializadas en los centros judiciales de:  

  • Arecibo 

  • Bayamón 

  • Caguas 

  • Carolina 

  • Fajardo 

  • Ponce  

  • San Juan 

  • Utuado 

  • Mayagüez

Las Salas Especializadas en casos de violencia de género se distinguen de otras salas en que todo el personal está adiestrado en el tema y tienen un enfoque multidisciplinario. Cuentan con una persona coordinadora, oficiales de enlace de la Policía de Puerto Rico y de ASUME y con intercesoras legales. El diseño del espacio toma en consideración las particularidades de la situación y cuentan con salas de espera separadas para las partes y con un área de juegos para niños y niñas en el área de espera de la persona que solicita la Orden de Protección. 

En algunos centros judiciales existen Proyectos de Especialización de servicios en casos de violencia de género. Estos cuentan con los mismos elementos y recursos humanos de las Salas Especializadas pero sin incluir la construcción de una Sala Especializada. Básicamente, se integran los mayores elementos de una Sala Especializada al espacio ya existente.

 Existen Proyectos de Especialización de Servicios en Casos de Violencia Doméstica en los centros judiciales de:

  •  Aguadilla,
  • Aibonito y
  •  Guayama. 

Recuerde que en los centros judiciales del país y en organizaciones que proveen servicios para sobrevivientes de violencia de género existen personas intercesoras legales preparadas en aspectos de conducta humana, expertas en los aspectos psicosociales de la violencia de género,  que brindan apoyo y acompañamiento durante los procesos legales a las personas sobrevivientes. La ley reconoce un derecho de la persona sobreviviente al acompañamiento.

Por otro lado, es importante saber que existe una licencia especial para personas empleadas con ciertas situaciones de violencia de género y maltrato de menores. Esta licencia se puede usar para:

  • orientarse y obtener una orden de protección o cualquier orden judicial;
  • buscar y obtener asistencia legal;
  • buscar y obtener vivienda segura o espacio en un albergue;
  • visitar cualquier clínica, hospital o cita médica; y
  • orientarse, buscar o beneficiarse de cualquier tipo de ayuda o servicios.
  • Para conocer más sobre esta licencia y sus requisitos, acceda aquí

Más información

Encuentre aquí más información sobre violencia de género. 

Encuentre aquí nuestro directorio de servicios disponibles para sobrevivientes de violencia de género. 

 

Si busca representación legal

En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de ayuda para sobrevivientes de violencia de género aquí

Última revisión y actualización: Sep 27, 2023
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