Formulario interactivo sobre declaratoria de herederos

Por: Ayuda Legal Puerto Rico

¿Qué es un formulario interactivo?

Es una herramienta que le permite preparar documentos contestando una serie de preguntas. Para comenzar a preparar su solicitud, oprima el botón de abajo, contesté las preguntas y descargue el documento al final de la entrevista. Tendrá la opción de recibir copia del documento a través de email si escoge esa opción y si ingresa un email válido.

Formulario interactivo

¿Qué es una petición de declaratoria de herederos?

Una petición de “declaratoria de herederos” es un proceso mediante el cual se puede obtener un documento legal que declara quiénes son los herederos de una persona que falleció (causante) sin haber hecho un testamento. Es importante recalcar que si la persona que falleció hizo un testamento entonces no tiene que hacer una declaratoria de herederos. Existe la posibilidad de que los bancos u otras entidades le pidan este documento cuando usted intente realizar gestiones que tengan que ver con la muerte de su ser querido. La declaratoria de herederos se puede solicitar en el Tribunal o directamente ante en la oficina de una persona que ejerza la notaría. El formulario interactivo disponible en esta página es para solicitarla en el Tribunal.

Para aprender más sobre las declaratorias de herederos visite el siguiente enlace

¿Dónde se presenta la petición o solicitud de declaratoria de herederos?

  1. En el Centro Judicial que corresponde al pueblo de residencia de la persona que falleció.

  2. En el Centro Judicial que corresponde al pueblo donde están localizadas las propiedades de la persona que murió. Si la persona falleció fuera de Puerto Rico la petición se puede presentar en cualquier pueblo donde radique alguna propiedad inmueble del causante.

     

¿Qué información debe incluir la petición o solicitud de declaratoria de herederos?

La petición jurada sobre declaratoria de herederos debe incluir:

  • El nombre, dirección y teléfono de la persona peticionaria (la heredera que solicita la declaratoria) y su relación con la persona que falleció.

  • Fecha y lugar de fallecimiento del causante.

    • Esta información se debe demostrar con el certificado de defunción.

  • Donde vivía o tenía su domicilio la causante.

  • Si la causante murió  casada, divorciada o soltera. 

    • De haber muerto casada debe incluir el certificado de matrimonio.

    • De haber muerto divorciada (y así consta en el certificado de defunción) debe incluir copia certificada de la sentencia de divorcio.

  • Declaración de que la persona falleció sin testamento

    • Debe incluir una certificación negativa de testamento como evidencia.

    •  Si hubo  testamento el mismo debió haber sido declarado nulo por el Tribunal para poder presentar la declaratoria.

  • Información sobre todos los hijos e hijas que tuvo la causante, de otros matrimonios y fuera de matrimonios, incluyendo los que hayan muerto antes.

  • Una declaración a los efectos de que la causante no adoptó ni reconoció otros hijos.

  • Nombres, direcciones y circunstancias personales de las personas con derecho a herencia y sucesión. (incluye la viuda)

La petición requiere ser juramentada. Esto se puede hacer ante un abogado o una abogada notaria o en la Secretaría del Tribunal al momento de su presentación.

¿Qué documentos debe incluir?

  • Certificado de defunción de la persona que falleció.
  • Si la persona que falleció estaba casada debe incluir el certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento de todos los hijos que haya tenido la persona que falleció durante su vida.
  • Certificación negativa de testamento de la persona que falleció.
    • Debe llenar este documento y entregarlo en el Registro de Poderes y Testamentos localizado en el tercer piso del Tribunal de Primera Instancia de San Juan (localizado en Hato Rey).  También lo puede solicitar a través de correo electrónico siguiendo las instrucciones que encontrará abajo.
    • Debe presentar esta solicitud acompañada por un sello de $5.00 de rentas internas (código 5120).

Certificación negativa de declaratoria de herederos a través del proceso sobre asunto no contencioso ante notario.

  • Para obtener la certificación debe acudir también al Registro de Poderes y Testamentos en el tecer nivel del Tribunal de Primera Instancia de San Juan y presentar la siguiente solicitud.

    • Al igual que con la certificación negativa de testamento debe acompañar esa solicitud con un sello de rentas internas de $5.00 (código 5120). 

Estas últimas dos certificaciones (negativa de testamento y la de asuntos no contenciosos) las puede conseguir de manera electrónica, sin tener que acudir presencialmente a las oficinas antes indicadas, siguiendo estos pasos:

  • Para solicitar la certificación negativa de testamento de manera electrónica
    • Deberá enviar los siguientes documentos a este correo electrónico: certificacionestestamentos@poderjudicial.pr)
      • Formulario debidamente cumplimentado y firmado (OAT-1572)
      • Copia del Certificado de Defunción del (de la) causante (de la persona que falleció).
      • Sello de rentas internas digitalizado (físico escaneado) o digital (adquirido en la plataforma Colecturia Digital) por el valor de $5.00 bajo el Código 5120.
      • Copia de un documento de identificación vigente con firma y fofo expedida por las autoridades competentes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de los Estados Unidos (gobierno federal)
        o de los estados que forman parte de la unión (gobierno estatal), para corroborar los datos plasmados en la solicitud.
      • De no ser ciudadano(a) norteamericano(a), tendráque proveer copia del pasaporte expedido por la autoridad competente de su país de origen.
      • Así también, y de acuerdo con su relación con el (la) causante, deberá incluir:

        • Hijo(a): Copia de su Certificado Nacimiento

        • Nieto(a): Copia su Certificado de Nacimiento y Copia del Certificado de Defunción del padre o madre que era hijo(a)
          del (de la) Causante

        • Viudo(a): Copia del Certificado de Matrimonio (salvo que del Certificado de Defunción surja el nombre)

        • Si es un(a) hijo(a) que viene en representación de la parte con legítimo interés (padre, madre, hermano): incluirá una carta de autorización de esa persona, en conjunto con la Copia del Certificado de Nacimiento correspondiente y, Copia del Certificado de Defunción del (de la) Causante.

    • En el caso de que la persona peticionaria sea un(a) representante autorizado(a) de una parte con legítimo interés, esta deberá cumplir con todos los requisitos de la persona que representa. Además, tendrá que acompañar un documento fehaciente debidamente firmado por la persona que representa en el cual le autoriza a realizar el referido trámite.

  • Para solicitar la certificación acreditativa o negativa del Registro de asuntos no contenciosos ante notario de manera electrónica

    • Deberá enviar los siguientes documentos a este correo electrónico: certificacionesanc@poderjudicial.pr

      • Formulario debidamente cumplimentado y firmado (OAT 1656)

      • Sello de rentas internas digitalizado (físico escaneado) o digital (adquirido en la plataforma Colecturía Digital) por el valor de $5.00 bajo el Código 5120.

      • Copia de un documento de identificación vigente con firma y foto expedida por las autoridades competentes del Estado Libre  Asociado de Puerto Rico, de los Estados Unidos (gobierno federal) o de los estados que forman parte de la unión (gobierno estatal), para corroborar los datos plasmados en la solicitud. De no ser la parte peticionaria un(a) ciudadano(a) norteamericano(a), tendrá que proveer copia del pasaporte expedido por la autoridad competente de su país de origen.

    • Cualquier persona puede solicitar esta certificación de este registro sin tener que cumplir con el criterio de ser una "parte con legítimo interés".

Si desea más información acerca de trámites de herencia

Visite el siguiente enlace.

Si busca representación legal

En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.

Última revisión y actualización: Feb 27, 2023
¿Fue útil esta información?
Volver arriba