Guía: ¿Cómo solicitar un divorcio por consentimiento mutuo?

¿Qué es un divorcio por consentimiento mutuo?

Es un proceso a través del cual las partes se pueden divorciar sin necesidad de declarar culpables o inocentes ni de discutir las razones por las cuales desean divorciarse, respetando así su privacidad e intimidad. El proceso respeta la confidencialidad de las partes al no requerir las razones por las cuales decidieron divorciarse.

Para empezar este proceso las partes deben, de manera libre y voluntaria, someter un escrito conjunto al Tribunal, informando su deseo de divorciarse. Es importante resaltar que si la persona se siente obligada a presentar el documento entonces no se puede divorciar a través de este proceso.

También se permite el divorcio por esta causal en sede notarial, siempre que:

  • No haya personas judicialmente incapaces,
  • ambas personas casadas entre sí manifiesten en escritura pública que consienten al divorcio,
  • se incluyan estipulaciones sobre división de bienes y deudas gananciales, custodia, patria potestad, alimentos, relaciones filiales y hogar seguro para las menores, si hay. 

¿Cuáles son los requisitos para llevar a cabo un divorcio por consentimiento mutuo?

  • Residencia - Al menos una de las partes tiene que haber vivido en Puerto Rico durante el año antes de solicitar el divorcio.
  • Certificado de Matrimonio - Debe ser original, aunque el matrimonio se haya celebrado fuera de Puerto Rico.

  • Capitulaciones- Si las hay.

  • Certificado de Nacimiento- De los hijos e hijas menores de edad que existan entre los cónyuges.

  • La solicitud debe ser jurada ante un Notario o Notaria Pública o en la Secretaría de Familia y Menores en el Tribunal.

  • Estipulaciones- Se requerirá que las partes sometan acuerdos sobre la separación de sus bienes, así como sobre la patria potestad, custodia, relaciones filiales y pensión alimenticia de los hijos o hijas en común.

¿Qué son las estipulaciones?

En los divorcios por consentimiento mutuo se requiere que las partes acuerden qué hacer con respecto a la división de sus bienes, deudas y, en caso de haber hijos o hijas, sobre patria potestad, custodia y pensiones alimentarias. Las partes se reúnen entre sí, con o sin abogada, y negocian los arreglos que entiendan deben regir su separación. A estos acuerdos se les llama estipulaciones y se someterán ante la consideración del Tribunal.

El Tribunal no está obligado a aceptar las estipulaciones a las que las partes llegaron. El Juez o Jueza está obligado a considerar el mejor interés de los o las menores y de las partes al momento de evaluar si una estipulación debe aceptarse o no. De igual forma, el Juez o la Jueza debe evaluar cuidadosamente y hacer las preguntas necesarias para conocer si ambas partes llegaron a esos acuerdos de manera libre y voluntaria o si hubo intimidación.

​​​​​​​¿Qué deben contener las estipulaciones?

Acuerdos sobre los o las menores:

Las estipulaciones deben incluir los acuerdos sobre la patria potestad y la custodia. Estas estipulaciones tienen que ser específicas y deben detallar:

  • El tiempo que pasarán los niños o niñas con cada padre;
  • La educación que recibirán;
  • Su cuidado diurno;
  • Su religión, si alguna;
  • La localización del hogar u hogares;
  • Otras áreas relacionadas con la crianza.

El Juez o la Jueza evaluará estos acuerdos para asegurarse de que protegen el mejor bienestar del o la menor.

 

Acuerdos sobre la pensión alimentaria:
  • Las estipulaciones pueden incluir acuerdos de pensión alimentaria tanto de los hijos e hijas como del o la cónyuge.
  • Esto no significa que esta pensión no pueda ser modificada después.
  • Las pensiones alimentarias siempre pueden ser modificadas si hay cambios sustanciales, cuando cambia la capacidad de la persona alimentante para proveer alimentos o la necesidad del o la alimentista.
    • Por eso, sin importar el acuerdo al que lleguen las partes, esta cuantía puede ser modificada siempre.
  • No son válidos los acuerdos o estipulaciones donde una persona renuncie a su derecho a recibir alimentos o diga que no los va a pedir.
  • En los casos de pensiones de menores, debe incluirse la Planilla de Información Personal y Económica de los Peticionarios (PIPE) debidamente completada.

 

Acuerdos sobre la división de bienes y deudas:
  • Si las partes tienen bienes o deudas entre sí, pueden llegar a acuerdos para dividirlos.
  • El Juez o Jueza evaluará estos acuerdos, como el resto de las estipulaciones, para corroborar que van dirigidos a proteger el mejor bienestar de las partes.
  • A diferencia de los acuerdos de alimentos, lo establecido en la separación de bienes es cosa juzgada.
    • Esto significa que una vez aceptado por el Tribunal, este acuerdo de separación de bienes no se puede modificar.

¿Qué pasa si el Juez o Jueza rechaza las estipulaciones?

Sin la aprobación de las estipulaciones por el Tribunal, las partes no podrán divorciarse por consentimiento mutuo. Por tanto, las partes tendrán que volver a negociar para llegar a acuerdos que cumplan con velar por el mejor bienestar de los o las menores y de los o las cónyuges.

 

¿Se celebra una vista?

En los casos de divorcio por consentimiento mutuo normalmente se celebra una vista que puede ser informal o evidenciaria. En la vista evidenciaria, las partes podrán presentar pruebas tales como documentos u otras cosas que permitan demostrar que las estipulaciones son o no adecuadas. Además, el Juez o Jueza tiene el deber de conocer si las estipulaciones se lograron de forma libre y voluntaria.

En esta vista, el Juez o Jueza no puede preguntar sobre las razones para el divorcio. Debemos recordar que el divorcio por consentimiento mutuo protege la intimidad de las personas que deciden separarse por acuerdo, sin que sea necesario discutir sus asuntos privados ante el Tribunal. Es posible que se celebre, además, una vista para fijar la pensión alimentaria.

Sin embargo, el nuevo Código Civil de Puerto Rico, vigente desde el 28 de noviembre de 2020, permite que el Tribunal pueda resolver la petición de divorcio en los casos de consentimiento mutuo, previa solicitud de ambas partes, si se dan ciertas circunstancias. Esto se conoce como resolución sumaria.

¿Cuánto tarda el proceso?

Por regla general, sometida la solicitud de divorcio por consentimiento mutuo, el Tribunal cita a las partes en un periodo de dos a tres semanas. Sin embargo, puede tardar más, según el calendario del Tribunal.

¿Qué es la resolución sumaria?

El Código Civil de Puerto Rico de 2020 permite que el Tribunal pueda resolver una petición de divorcio sin que se celebre una vista, previa solicitud de ambas partes, si se cumple con las siguientes circunstancias:

  • el divorcio es por petición conjunta;
  • las partes acuerdan el modo en que se van a adjudicar los bienes y deudas gananciales o regular las relaciones económicas de los excónyuges;
  • no existen hijos en común o si tienen, son mayores de edad;
  • ningún hijo o hija necesita una pensión alimentaria.

Puede descargar aquí un modelo de Solicitud de Resolución Sumaria para casos de divorcio por consentimiento mutuo.

¿El divorcio ocurre al momento o es necesario esperar un tiempo para que sea efectivo?

Aunque el Tribunal declare con lugar la demanda de divorcio el día de la vista, todavía las partes no están divorciadas hasta que la sentencia sea final y firme. Para que eso pase tienen que pasar 30 días desde de la notificación de la sentencia. Dentro de estos 30 días, si una de las partes así lo solicita, el divorcio queda sin efecto.

Sin embargo, si el divorcio por la causal de consentimiento mutuo fue realizado ante un abogado o abagoda notaria, mediante escritura pública,  el divorcio adviene final y firme con la firma de los comparecientes. Es decir, no habría que esperar los 30 días que de ordinario se tienen que esperar cuando el divorcio se realiza en el Tribunal.

¿Qué pasa si una de las partes incumple con lo pactado?

Como vimos, las estipulaciones aceptadas por el Tribunal como parte de un divorcio por consentimiento mutuo tienen la misma fuerza que una sentencia del Tribunal. Por tanto, las partes están obligadas a cumplirlas. Si una parte no cumple  con lo que acordó en las estipulaciones, la otra puede presentar un escrito al Tribunal solicitando que se cumpla con la sentencia. Es decir, no tiene que presentar una nueva demanda.

¿Qué formularios debo conocer para solicitar un divorcio por consentimiento mutuo?

La Rama Judicial ofrece unos formularios para solicitar el divorcio por consentimiento mutuo según las circunstancias de su caso. De interesar utilizar alguno de dichos formularios escoja abajo la alternativa que mejor describe su situación:

Modelo de Solicitud de Resolución Sumaria por derecho propio

¿De dónde sale esta información?

Este contenido educativo hace referencia al Código Civil de Puerto Rico.

 

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Última revisión y actualización: Jan 19, 2021
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