Protección para las personas viudas no codeudoras (NBS) de hipotecas reverse
Contenido
- ¿Existen protecciones para las personas viudas no codeudoras (o Non-Borrowing Spouses) de hipotecas reversibles?
- ¿Debo cumplir con algún requisito para calificar para el MOE?
- Si la persona viuda se debe ir de la casa, ¿la entidad dueña del préstamo puede iniciar una ejecución de la hipoteca?
- ¿Tiene que demostrar título válido o probar que tiene un derecho de seguir viviendo ahí?
- Si le otorgan el MOE, ¿esto significa que continuará recibiendo el dinero del equity que recibía el cónyuge que tomó el préstamo?
- ¿Tienen los servicers de hipotecas reverse una responsabilidad para con los NBS?
- ¿De dónde sale esta información?
- Más información
- Si busca representación legal
¿Existen protecciones para las personas viudas no codeudoras (o Non-Borrowing Spouses) de hipotecas reversibles?
Sí. Existe el Mortgage Optional Election, o MOE, es un programa que ofrece el Departamento de Vivienda de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés) para proteger a las personas cónyuges no deudoras, también conocidas como Non-Borrowing Spouses o NBS, de perder sus viviendas por una ejecución de hipoteca luego del fallecimiento del cónyuge que firmó la hipoteca reversible.
¿Debo cumplir con algún requisito para calificar para el MOE?
Sí. Algunos de los requisitos son:
- Cumplir con los términos del contrato original, es decir, pagar los impuestos sobre la propiedad inmueble, saldar cualquier deuda pendiente de la persona fallecida con el CRIM, pagar las primas del seguro y satisfacer los pagos de mantenimiento y tarifas relacionadas.
- Evidenciar haber estado casada con la persona difunta al momento de cerrar el préstamo (o de tratarse de una pareja de hecho, probar que convivían al momento de la firma) y que estaban casados al momento de la defunción del cónyuge.
- Continuar viviendo la propiedad como residencia principal (el servicer enviará un certificado de ocupación anualmente para cotejar dicho criterio) y
- Entregar una serie de documentos tales como: certificado de defunción, certificado de matrimonio, prueba que la hipoteca reverse es el gravamen primario de la residencia, entre otros.
Si la persona viuda se debe ir de la casa, ¿la entidad dueña del préstamo puede iniciar una ejecución de la hipoteca?
Depende. La persona viuda puede estar fuera por un periodo máximo de 12 meses o un año. Si la persona está fuera por más de 12 meses se entenderá que incumplió con el requisito de ocupación y el servicer podrá proceder a ejecutar la hipoteca. Esto aplica aún cuando la persona tenga razones que se podrían considerar legítimas para no estar en la propiedad como por ejemplo estar ingresado en un hospital por un tiempo prolongado que exceda de 12 meses.. Por lo que, es requisito indispensable que la persona viuda llene el certificado de ocupación anualmente pues es el único mecanismo para constatar que permanece residiendo en la propiedad.
¿Tiene que demostrar título válido o probar que tiene un derecho de seguir viviendo ahí?
No. Una de las enmiendas al MOE en el 2019, fue la eliminación del requisito de probar al servicer un título válido que justifique el derecho de continuar viviendo la propiedad o que la persona NBS tiene un derecho particular sobre la vivienda.
Si le otorgan el MOE, ¿esto significa que continuará recibiendo el dinero del equity que recibía el cónyuge que tomó el préstamo?
No. El MOE no traspasa el dinero que recibía la persona dueña de la hipoteca reverse por razón del equity de su hogar. Solo le garantiza al cónyuge viudo o NBS que su casa no se ejecutará hasta que muera, abandone la residencia o incumpla con los términos y las condiciones del contrato, como el dejar de efectuar los pagos a los impuestos sobre la propiedad inmueble.
¿Tienen los servicers de hipotecas reverse una responsabilidad para con los NBS?
Sí. Tienen la responsabilidad de hacer las preguntas necesarias al momento de otorgar una hipoteca reverse para ir identificando posibles NBS de manera que, estos puedan tener a su alcance la protección del MOE al momento del fallecimiento del cónyuge que firmó el préstamo.
¿De dónde sale esta información?
Esta información proviene de la Carta para acreedores hipotecarios 2015-15 del Departamento de Vivienda Federal. Puede acceder a la carta en su lenguage original (inglés) aquí: https://www.hud.gov/sites/documents/15-15ML.PDF
Más información
Para más información acerca de las hipotecas reversibles, visite el siguiente enlace.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos.