Hipotecas y sobrevivientes de violencia doméstica

¿Qué opciones tiene una persona sobreviviente si la persona agresora (co-deudora del préstamo hipotecario) deja de aportar al pago de la hipoteca?

  • Si tiene un caso de orden de protección contra la persona agresora, puede pedir al tribunal que emita órdenes para defender la vivienda. La Ley 54 de 1989, Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, establece que usted puede solicitar que el tribunal le ordene a la otra parte a:

    • Continuar los pagos de la hipoteca de la residencia principal durante la vigencia de la Orden

    • Compartir toda información financiera y mantenerle informada con precisión sobre comunicaciones, gestiones y reclamaciones relacionadas a la hipoteca

    • Abstenerse de utilizar indebidamente los recursos económicos de la parte peticionaria, incluyendo su dinero, bienes e información crediticia en perjuicio de la peticionaria.

  • El tribunal tiene potestad de emitir las antes mencionadas órdenes aún sin que la persona lo solicite, de entenderlo necesario. 

  • Si no tiene manera de hacer el pago en su totalidad, puede comenzar un proceso de mitigación de pérdidas con la entidad acreedora hipotecaria.

¿Qué sucede si la persona agresora (co-deudora del préstamo hipotecario) no quiere cooperar con el proceso de mitigación de pérdidas?

Existen bancos que no exigen que todas las personas deudoras de un préstamo soliciten la mitigación de pérdidas. La comparecencia de las personas deudoras sí será necesaria para lograr acuerdos finales sobre la hipoteca. Si la persona agresora no coopera, la sobreviviente podrá solicitar remedio del tribunal para obligarla a cooperar o a que el proceso se dé sin su participación. Si existe un caso entre las partes en los tribunales, la persona sobreviviente co-deudora puede pedir este remedio presentando una moción en el caso solicitando el auxilio del tribunal.

¿Qué sucede si la persona agresora (co-deudora del préstamo hipotecario) no quiere contestar ni participar en una demanda de ejecución de hipoteca?

Cuando una persona no participa de un proceso judicial, se le anota la rebeldía. Esto es un mecanismo que permite que el caso siga su curso sin la necesidad de la participación de esa persona. Si la persona agresora no participa del proceso, se le anotará la rebeldía.

En las demandas de ejecución de hipoteca las partes van primero a lo que se conoce como la mediación compulsoria. En la mediación compulsoria, si la persona agresora co-deudora se niega a participar, el tribunal puede ordenar su comparecencia o requerirle que autorice a una persona que le represente. Si la persona agresora co-deudora se niega a comparecer o autorizar a un representante, el tribunal también puede imponerle desacato y anotar la rebeldía en su contra.

¿Cómo una entidad proveedora de servicios a personas sobrevivientes de violencia doméstica puede colaborar para evitar una ejecución de hipoteca?

  • Ayudándola a crear un plan de seguridad que incluya formas de manejar el tema de la hipoteca (identificar factores de riesgo y reacciones previsibles de la persona agresora; identificar documentos claves, etc.).
  • Brindándole herramientas a la sobreviviente para que realice un análisis de su realidad financiera a corto y largo plazo. De esta manera, ella está en mejores condiciones para decidir si le interesa conservar o entregar la propiedad.
  • Refiriéndola a proveedores de servicios legales especializados.

Documentos que la persona debe tener consigo para estar informada de su hipoteca

  • Copia de la escritura de compraventa e hipoteca. Puede obtenerlas en la oficina de la persona notaria que autorizó la escritura
  • Estados de cuenta del préstamo
  • Cartas enviadas por el banco

Más información

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Acceda nuestra Guía para acompañantes de sobrevivientes de violencia de género

Si busca representación legal

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Última revisión y actualización: Aug 08, 2023
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