Información básica sobre el Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal (SINOT)

Por: Pro Bono Laboral UPR Derecho

¿Qué es el Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal o SINOT?

El Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal o SINOT establece un plan de beneficios para sustituir la pérdida de salario de la persona trabajadora asegurada como consecuencia de una incapacidad o accidente no relacionado con el trabajo o accidente de auto.

¿Quiénes son elegibles?

Todas las personas trabajadoras están cubiertas por esta ley. Con excepción de las personas empleadas por el gobierno estatal y federal.

Para ser elegible la persona empleada debe:
  • Estar incapacitada para trabajar debido a enfermedad o accidente no relacionado con el empleo, ni con un accidente de automóvil.  
  • Estar bajo el tratamiento de una persona médico o quiropráctica debidamente autorizada.

  • Haber recibido un salario de al menos $150 en un empleo cubierto durante su año básico.

NO es elegible una persona que intencionalmente se lesiona. Tampoco es elegible una persona que se lesiona al cometer un acto ilegal.

¿Y si recibe otros beneficios?

Aunque una persona trabajadora tenga una reclamación establecida en el Fondo del Seguro del Estado, sigue siendo elegible para recibir los beneficios de esta ley siempre que la reclamación establecida en el Fondo esté siendo examinada para determinar si la enfermedad o lesión está relacionada con el empleo, y la persona trabajadora no esté recibiendo beneficios del Fondo aún.

También es elegible aunque esté recibiendo Seguro por Desempleo, pero debe descontinuar la reclamación de Seguro por Desempleo. En ningún momento la persona trabajadora podrá recibir ambos beneficios al mismo tiempo.

¿A qué tiene derecho la persona empleada?

  • El beneficio fluctúa entre un mínimo de $12.00 semanales hasta un máximo es $113.00 semanales en la fase industrial y $55.00 en la fase agrícola. El trabajador o trabajadora tiene tres (3) meses a partir del comienzo de la incapacidad para solicitar.
  • El beneficio se pagará mientras dure la incapacidad, sin exceder de 26 semanas en cualquier periodo de 52 semanas naturales consecutivas.
  • Si una persona trabajadora fallece a consecuencia de lesiones o accidentes cubiertos bajo la ley, las personas dependientes de la persona asegurada  tienen derecho a un beneficio de $4,000, dividido entre todas. La reclamación se debe presentar dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento, excepto en casos de dependientes menores de edad o personas incapacitadas. 

Obligación del patrono

El patrono está obligado a reservar el empleo que desempeñaba la persona trabajadora hasta un año desde el comienzo de la incapacidad y sujeto a ciertas condiciones. Si el patrono no cumple con esto, está obligado a pagarle a la persona trabajadora los salarios que dicha persona hubiera devengado de haber sido reinstalada. Además responde por daños y perjuicios.

¿Cómo se solicita?

Puede completar este formulario y entregarlo personalmente en las oficinas de área o enviarlo por correo a la dirección:

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Negociado de Beneficios al Trabajador
Incapacidad No Ocupacional
Programa del Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal (SINOT)
Edif. Prudencio Rivera Martínez, Piso 10
505 Ave. Muñoz Rivera
San Juan PR 00918-3514

o

Programa del Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal (SINOT)
PO Box 195540
San Juan PR 00919-5540

Acceda aquí a más información sobre el Programa SINOT y sus oficinas de área.

Más información

Para más información acerca de derechos relacionados al trabajo visite el siguiente enlace.

Si busca representación legal

En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.

Última revisión y actualización: Aug 25, 2022
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