Ley sobre notificación al Procurador de envejecientes y de personas con impedimentos en casos de desahucio

Ley sobre la notificación al Procurador de envejecientes y de personas con impedimentos

La Ley Núm. 142-2011 enmendó el Artículo 623 del Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico de 1933, para requerir que en procedimientos de desahucio contra personas de edad avanzada o personas con impedimentos se notifique a la Oficina de Procurador de Personas de Edad Avanzada o la Oficina del Procurador de la Persona con Impedimentos, según sea el caso.  

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Última revisión y actualización: Feb 27, 2023
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