Creo que no podré pagar mi hipoteca
Contenido
¿Todavía no ha incumplido con los pagos?
Si usted todavía no ha incumplido con un pago, pero sabe que debido a su situación económica probablemente dejará de hacerlo, quizás esté considerando sus opciones, si debe “entregar la casa” o si debe intentar quedarse con ella. Sepa que NO es necesario que haya dejado de hacer un pago para que pueda negociar con el banco mejores condiciones y términos en el contrato hipotecario, intentar salvar su propiedad o tomar otras decisiones sobre el préstamo.
¿Qué obligaciones tiene la institución hipotecaria?
La institución hipotecaria tiene la responsabilidad legal de explicarle las opciones que usted tiene, de manera que pueda tomar una decisión informada. Además, esta debe informarle que puede hacer pagos parciales a la deuda durante el proceso de negociación y adopción del plan de mitigación de pérdidas. La institución hipotecaria no puede negarse a recibir pagos parciales en esta etapa. Asimismo, su derecho a recibir información completa y adecuada sobre su préstamo hipotecario debe ser respetado, sin importar si tiene o no pagos atrasados.
¿Qué puede hacer?
Es sumamente importante que al recibir comunicaciones o correspondencia de los bancos, las abra, lea y guarde en un lugar seguro. No le tema al contenido, pues es mucho mejor que conozca lo antes posible la información y la posición del banco. Esto aumenta sus posibilidades de defenderse adecuadamente y a tiempo, así como a educarse y procurar ayuda legal, si así lo desea.
Si la comunicación está en inglés y no entiende su contenido, comuníquese con el banco para que le haga llegar la comunicación en español. Si no puede o no obtiene respuesta, pídale a alguien de confianza que se la traduzca.
Comuníquese con el banco para comenzar un proceso de Mitigación de pérdidas.
Más información
Para más información sobre el tema de hipotecas, visite nuestro portal de Derecho a tu casa.
¿De dónde sale esta información?
Sobre la obligación de la institución financiera de explicar al deudor las opciones que tiene disponible: Ley 169 de 2016
Sobre el derecho a emitir pagos parciales, Ley 169 de 2016
Sobre la obligación del banco a proveer información completa y adecuada: Ley 169 de 2016
Sobre la responsabilidad del banco en brindarle información en español: CFPB Access Language Plan for consumers with limited English proficiency
Aviso acerca del CFPB:
El 6 de febrero de 2025, la administración del presidente Donald J. Trump ordenó al Consumer Financial Protection Bureau (CFPB, por sus siglas) a cesar sus operaciones en su totalidad. Esta actuación ha sido retada en corte a través de múltiples demandas. Las cortes han retrasado el cese de operaciones del CFPB por el momento. Le invitamos a que esté pendiente a este contenido para cualquier actualización.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.






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