¿Qué es el Programa de ayuda para energía para hogares de bajos ingresos (LIHEAP)?
Contenido
Sobre el Programa
El Programa de ayuda para energía para hogares de bajos ingresos es una ayuda económica que se provee a través de la Administración de Desarrollo Económico de la Familia (ADSEF) a familias bajo el nivel de pobreza federal, en particular a las que utilizan un porciento alto de su ingreso para cubrir las necesidades inmediatas de energía del hogar.
Los servicios disponibles bajo este programa son para el componente de crisis de energía y subsidio de energía y se otorgará la cantidad en atraso sujeta a suspensión o desconexión hasta un máximo de $1,000.00. Estos beneficios se otorgan una vez al año y/o bajo cualquier otra circunstancia que la ADSEF entienda pertinente.
¿Hasta cuándo se puede solicitar al programa?
El programa había cerrado el 30 de septiembre de 2022 y estuvo un tiempo cerrado pero recientemente le fueron reasignados fondos y reabrió, extendiendo la fecha límite hasta el 30 de septiembre de 2023. Esta fecha límite fue extendida nuevamente hasta el viernes, 6 de octubre de 2023. Luego de esto, el programa fue abierto nuevamente pero no se especificó una fecha límite para solicitar. Por esto, es importante estar pendiente a la página https://serviciosenlinea.adsef.pr.gov/.
¿Cuáles son los requisitos?
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El núcleo familiar no debe sobrepasar la cantidad máxima de ingreso anual establecido por composición familiar en la Guía Federal de Niveles de Pobreza.
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Tener una sola cuenta residencial activa de LUMA Energy a nombre de la persona solicitante o algún miembro del núcleo familiar.
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Tener aviso de suspensión o desconexión de servicio en su factura más reciente.
De la persona solicitante ser elegible, el beneficio será otorgado mediante transferencia electrónica e intercambio de datos a su cuenta de LUMA.
La ayuda está sujeta a la disponibilidad de los fondos y a la cualificación de la persona solicitante.
¿Cómo se solicita?
- Las familias participantes de los programas PAN y TANF en categorías A,B,C,D,G y T son elegibles automáticamente y no tienen que llenar la solicitud.
- En el caso de las familias que no son participantes de los programas PAN y TANF pero reúnen los criterios económicos, pueden solicitar los beneficios del Programa y solicitar información adicional usted en línea a través de este enlace: https://serviciosenlinea.adsef.pr.gov/adsefdigital/Security/Login.aspx
- En el caso de las personas que soliciten por Internet, luego de completar la solicitud y someter una serie de documentos, serán redirigidas a turnospr.com donde recibirán un turno para una cita telefónica con un oficial de elegibilidad. Esta persona les informará si son elegibles para recibir la asistencia económica por crisis de energía.
- En caso de no tener acceso a Internet, se puede solicitar por teléfono a través del número 3-1-1 o en persona en cualquier oficina del Departamento de la Familia.
¿Qué documentos se deben acompañar con la solicitud?
Debe acompañar los siguientes documentos para someter la solicitud:
- Copia de la factura más reciente de LUMA Energy del lugar de residencia
- Identificación con foto de la solicitante emitida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), pasaporte o tarjeta electoral de toda persona miembro del hogar que tenga 21 años o más.
- Evidencia de ingresos o recursos de todos los miembros del hogar.
- Si usted o algún miembro de su hogar no es ciudadana de los Estados Unidos, se deberá someter una Declaración de estatus, incluyendo la edad. También se puede presentar una Declaración escrita y firmada por la persona solicitante informando, bajo pena de perjurio, que dicho miembro:
(1) no es ciudadano de Estados Unidos (sea de nacimiento o nacionalizado), o
(2) no es residente de los Estados Unidos (no tiene green card).
Es importante que usted tenga una cuenta activa con LUMA Energy al momento en que se emita el beneficio.
De tener dudas o preguntas sobre el programa, puede escribir por correo electrónico a la dirección coordinadorliheap@familia.pr.gov o llamar al 787-289-7600, extensiones 2368 y 2375.
Si usted considera solicitar una visa de inmigración en el futuro, es importante que se oriente con una persona abogada de inmigración sobre posibles consecuencias migratorias al solicitar. Puede consultar nuestro directorio de ayuda a las personas inmigrantes aquí.
¿De dónde sale esta información?
Esta información surge del Portal Oficial de ADSEF, disponible aquí.
Más información
Para más información puede llamar al 787.289.7600 extensión 2368 y 2375 o escribir al correo electrónico coordinadorliheap@familia.pr.gov.
Encuentre aquí más información sobre servicios esenciales.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.