¿Cómo solicitar asistencia a FEMA para usted o su familia?

Por: Ayuda Legal Puerto Rico/otras

¿Cuánto tiempo tiene para solicitar?

Como regla general, tendrá sesenta (60) días desde que el gobierno federal hizo la declaración de desastre para presentar su solicitud de asistencia. FEMA puede extender este periodo. Igualmente, FEMA puede aceptar solicitudes luego de este periodo si usted le demuestra a la agencia que hubo justa causa para su retraso.

Si desea presentar una solicitud para la Asistencia para Necesidades Graves, debe hacerlo en los primeros  treinta (30) días desde que se declara el desastre.

Paso a paso, cómo solicitar a FEMA

Paso 1: Verifique si su comunidad está en la zona declarada como área de desastre

Para recibir asistencia de FEMA, su comunidad debe haber sido declarada zona de desastre como parte de la declaración presidencial de desastre mayor. Puede verificar esta información en la página web de FEMA sobre el desastre, en https://www.disasterassistance.gov/, 

Si su hogar está en un área declarada como zona de desastre podrá completar su solicitud e iniciar el proceso para recibir asistencia de FEMA. Si, por el contrario, su hogar no está en zona designada de desastre el sistema le dará la opción de completar la solicitud, en caso de que su zona eventualmente sea declarada de desastre. Su solicitud no será tramitada hasta que se haga la declaración de desastre para su área.

Paso 2: Decida cómo va a presentar su solicitud

La solicitud a FEMA es el proceso que permite a las personas sobrevivientes de desastres declarados por el gobierno federal acceder a múltiples ayudas que se manejan a través de esta agencia, incluyendo las relacionadas a la vivienda. Puede presentar su solicitud de ayuda de cualquiera de las siguientes formas:

  • Visitando https://www.disasterassistance.gov/ 

  • A través de la aplicación de FEMA disponible para iPhone y Android.

  • Por teléfono, llame a la línea de ayuda de FEMA al número: 1‐800‐621‐FEMA (3362) (oprima la opción 2 para una operadora que hable español). TTY está disponible para aquellas personas que tengan discapacidades auditivas o del habla, en el número 1‐800‐462‐7585.  

  • Visitando alguno de los Centros de Recuperación por Desastre (DRC, por sus siglas en inglés)  para llenar su solicitud. 

Si va a presentar su solicitud por internet, cree una cuenta en login.gov

Si no tiene una cuenta del Login.gov, acceda a https://login.gov/es/ y cree una cuenta. Varias agencias del gobierno federal, incluyendo a FEMA, utilizan Login.gov como un servicio seguro para iniciar sesión en agencias gubernamentales. Este servicio debe ayudarle a tener acceso seguro a su información en los sitios web o aplicaciones de las agencias.

Para crear una cuenta de login.gov deberá: 

  1. Entrar una dirección de correo electrónico
  2. Crear una contraseña (password).
  3. Escoger uno o más métodos de autenticación como por ejemplo:
    • Desbloqueo facial 
    • Clave de seguridad
    • Una aplicación de autenticación externa
    • Mensajes de texto o de voz
    • Código de recuperación

Login.gov deberá verificar su identidad. Para ello, deberá subir la siguiente información al sistema:  

  1. Licencia de conducir o tarjeta de identificación emitida por el estado
    • El sistema no acepta identificaciones militares, pasaportes estadounidenses ni otros documentos de identificación. Tampoco podrá usar identificaciones temporeras.
    • Tampoco puede utilizar identificaciones vencidas o expiradas. 
  2. Número de Seguro Social
  3. Número de teléfono o domicilio
Paso 3:  ¡Regístrese y esté preparada para la entrevista!

Complete la información que le solicita el formulario o conteste las preguntas que le haga la persona que le atienda.  Además de tener papel y lápiz a la mano, debe tener lista la siguiente información: 

  • Su nombre completo, tal como aparece en la tarjeta de Seguro Social y el Número del Seguro Social 

    • Si no tiene seguro social, pero en su casa vive una persona menor de edad que es ciudadana estadounidense o extranjera calificada, esa persona puede solicitar.
Para ésto, puede solicitar a nombre de la persona menor proveyendo el número de seguro social de él o ella y registrarse como co-solicitante, sin proveer número de seguro social ni información sobre estatus migratorio. 

    • Aunque quien esté solicitando no cualifique para FEMA, la familia puede solicitar si otra persona adulta de la residencia cualifica y firma el formulario de Declaración y Liberación (“Declaration and Release form”).

  • Dirección física detallada para llegar a su propiedad y su  dirección actual, si tuvo que abandonar la propiedad afectada por motivo del desastre.

  • Dirección postal

  • Nombre y apellidos de las personas que viven en la propiedad y que aparecerán como co-solicitantes

  • Números de teléfono donde FEMA se pueda comunicar con usted

  • Información relacionada al estatus como titular u ocupante de la propiedad

  • Una descripción de las pérdidas que le fueron causadas por el desastre

  • Información del seguro de propiedad (si es que tiene un seguro) 

  • Ingreso anual de la casa. Esto incluye partidas relacionadas a asistencia social y pensiones de alimentos.

  • Correo electrónico, si tiene. 

  • Número de ruta y cuenta de banco (en caso de que desee que los fondos de FEMA, en caso de que su solicitud sea aprobada, sean depositados directamente en su cuenta bancaria). No tiene que tener esta información para hacer su reclamación.

  • Tenga fotos y/o videos de la propiedad dañada ANTES de haberla limpiado o tomado medidas para prevenir que empeore el daño.

Paso 4: Revise y someta su reclamación

Revise cuidadosamente la información que proveyó y asegúrese que es correcta. Si no tiene no está seguro de la información o no la tiene a la mano, recuerde que si está entrando la solicitud en línea o por la aplicación, tendrá la oportunidad de guardar su información y regresar a completar la solicitud antes de someterla. Ojo, una vez se someta su solicitud no podrá enmendarla a través del sistema.

Paso 5: ¡Guarde su número de reclamación!

 

Cuando usted se comunica a la línea de ayuda, la información que proporcione se ingresa en la computadora y se genera una solicitud. Cuando su solicitud esté completa, se le proveerá un número de solicitud (Application ID o ID de solicitud) de FEMA. Guarde este número para su referencia y futuras comunicaciones con FEMA. 

Si presentó su solicitud en línea, podrá recibir información sobre su solicitud a través  de su cuenta. Si usó otro métodos, esté pendiente a su correo electrónico y postal. FEMA se comunicará con usted para notificarle los próximos pasos y su determinación sobre la ayuda a la que usted es elegible.

Si tiene preguntas sobre su solicitud, necesita cambiar parte de la información que compartió, si han pasado más de 12 días desde la visita de la persona inspectora de FEMA y no ha recibido una respuesta de FEMA, ¿qué debe hacer?

Llame a la línea de ayuda de FEMA al número: 1‐800‐621‐ FEMA (3362) (oprima la opción 2 para una operadora que hable español), TTY está disponible para aquellas personas que tengan discapacidades auditivas o del habla, por favor llame al 1‐800‐462‐7585, o visite el Centro de Asistencia Individual en la página de Internet: www.fema.gov/es.

¿Qué ocurre después de presentar la solicitud?

Si solicitó ayuda para reparar su vivienda o para propiedad personal, FEMA podrá hacer una inspección en persona de su propiedad. En ese caso, una persona inspectora de FEMA se comunicará con usted para coordinar una visita de inspección

¿Cuándo se comunicará con usted una persona inspectora?
Se supone que no más tarde de 10 días después de usted haber solicitado. En algunos casos, se comunicarán con usted el mismo día que usted presente su solicitud. 
¿Qué hace la persona inspectora?

La persona inspectora irá personalmente a su casa y valorará los daños a su propiedad inmobiliaria y propiedad personal provocados por el desastre. La inspección no tiene costo. Las personas inspectoras pueden ser contratistas, no empleadas de FEMA, pero su inspectora tendrá una identificación con foto. Usted o alguien mayor de 18 años que haya vivido en su hogar antes del desastre tiene que estar presente en el momento de la cita. 

Usted necesitará demostrarle a la persona inspectora que:

  • usted es dueña de la vivienda (la propietaria) y 

  • que estaba ocupando la vivienda cuando ocurrió el desastre

  • Se le solicitará una identificación con foto como parte del proceso de inspección

¿Puede limpiar su casa antes de la inspección?
  • Sí. Puede limpiar antes de la inspección.

  • Si es posible, tome fotos de los daños antes de limpiar. 

  • 
Las personas inspectoras presentan su informe pero no determinan si usted tiene derecho o no a recibir asistencia.

  • La persona inspectora le pedirá que firme un formulario autorizando a FEMA para que verifique que la información provista es correcta.

¿Qué documentos necesita para reclamar por daños en su propiedad principal?

 

Evidencia de estatus como titular de la propiedad principal.

La asistencia para la reparaciones del hogar está disponible para las personas que sean dueñas y ocupantes de la propiedad. Pueden ser evidencia de titularidad los siguientes documentos:

  • Título o registro oficial, puede ser el título original o escritura de fideicomiso que le refleje a usted como propietaria legal

  • Contrato de hipoteca 

  • Libreta de pagos de la hipoteca

  • Notificación de pagos atrasados o de ejecución hipotecaria cuando su nombre aparece junto a la dirección de la vivienda dañada

  • Pagos de seguros de la propiedad

  • Si es un seguro de la propiedad inmobiliaria, tiene que ser para la vivienda dañada con su nombre como la persona asegurada

  • Evidencia de que la persona es responsable del pago de impuestos (recibos o información sobre cuenta del CRIM)

  • Testamento donde aparezca como heredera de la propiedad damnificada, junto al Certificado de defunción de la persona que le dejó la casa en herencia

  • Recibos de reparaciones o mejoras mayores

  • Carta o documentación de algún oficial público que certifique su dirección física previo a la fecha del desastre

Si usted no sabe cómo conseguir prueba del título de su casa, comuníquese con nosotras llamando al 787-957-3106 o a través de nuestro chat de ayuda legal en vivo (de lunes a viernes de 9am a 5pm con un receso de 12pm a 1pm)

¿Qué tipo de documentación de OCUPACIÓN puede proveer para acompañar su solicitud de ayuda?

  1. Cuenta de los servicios públicos para la vivienda dañada con su nombre (o el nombre de la persona co-solicitante). La cuenta de los servicios públicos debe ser de los servicios principales, como electricidad, el gas o el agua. 


  2. Estados de cuenta enviados a la vivienda dañada con su nombre (o el nombre de la persona co-solicitante). Los estados de cuenta incluyen: cuentas de tarjetas de crédito, notificaciones de entregas u otro tipo de correo dirigido a usted y que muestre la dirección de la vivienda dañada. 


  3. Documentos del patrono enviados a la vivienda dañada con su nombre (o el nombre de la persona co-solicitante). El documento del patrono se refiere a un talonario de cheque de pago y documentos similares que le hayan enviado a usted y muestren la dirección de la vivienda dañada. 


  4. Licencia de conducir o tarjeta de identificación expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) que muestre la dirección de la propiedad dañada.

¿Cuánto tiempo tarda FEMA en informar su decisión luego de la inspección?

No más de 10 días después de la visita de la persona inspectora a su casa usted recibirá una carta del Programa de Individuos y Familias de FEMA  informándole la decisión acerca de su solicitud de ayuda.

  • Ayuda Aprobada: Después de recibir la carta de aprobación se le enviará un cheque del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos/el estado o se efectuará una transferencia electrónica de fondos (EFT, por sus siglas en inglés) a su cuenta bancaria. La carta de aprobación le explicará para qué se puede usar la ayuda económica. Usted debe usar el dinero que se le otorga en la manera que se explica en la carta y guardar los recibos por lo menos tres años después de recibida la ayuda. Recuerde que FEMA tiene tres años para iniciar una acción de recobro, si entiende que hizo un pago por error.

  • Ayuda Denegada: Usted recibirá una carta explicando la razón de esa determinación. También se le informará sobre sus derechos de apelación en la misma carta.

Si no está de acuerdo con los resultados de la inspección o con la cantidad de dinero recibida de FEMA, ¿qué debe hacer?

 

Usted puede apelar la decisión. Vaya al siguiente enlace para más información. 

¿Qué hacer si tiene un seguro de vivienda pero quiere solicitar a FEMA de todas maneras?

 

Debe presentar una reclamación a su seguro. Incluso teniendo seguro, FEMA le podría ofrecer asistencia bajo ciertas circunstancias.

  • El acuerdo de liquidación de su seguro se demora. Si la decisión sobre el acuerdo de liquidación de su seguro se demora más de 30 días desde la fecha en que usted presentó su reclamación, usted deberá enviarle una carta a FEMA, explicando su situación. Debe incluir los documentos de su compañía de seguro que prueben que usted presentó su reclamación. Si usted hizo su reclamación por teléfono, deberá incluir el número de su reclamación, la fecha en que presentó su solicitud, el cálculo aproximado de cuánto tiempo tardará en recibir su acuerdo de liquidación. Cualquier ayuda que FEMA le otorgue se considerará un adelanto y usted deberá devolvérsela a FEMA cuando reciba el acuerdo de liquidación de su seguro. 


  • El acuerdo de liquidación de su seguro no es suficiente para cubrir sus necesidades relacionadas con el desastre. Si usted ha recibido la liquidación máxima de su seguro y todavía tiene necesidades debido al desastre, deberá enviarle una carta a FEMA indicando cuáles son esas necesidades insatisfechas, relacionadas con el desastre. Deberá además, enviar los documentos de su compañía de seguro para que sean revisados. FEMA podrá ofrecerle ayuda hasta el máximo del límite de asistencia de FEMA.


  • Usted necesita asistencia con sus necesidades de vivienda temporera y ha agotado los Gastos Adicionales para Subsistencia (ALE, por sus siglas en inglés) proporcionados por su compañía de seguro. Si usted ha recibido la liquidación máxima de su compañía de seguro para Gastos Adicionales para Subsistencia (Pérdida de uso) y todavía necesita ayuda con sus necesidades de vivienda temporal debido al desastre, envíele una carta a FEMA, indicando la razón por la que usted todavía tiene una necesidad de vivienda temporera. Usted además deberá presentar documentos que demuestren que ha agotado la porción de su ALE proporcionada por su seguro, destinada a la vivienda, y un plan de vivienda permanente. 


Usted tiene un máximo de doce (12) meses desde la fecha en que se inscriba con FEMA para enviar la información de su seguro para que FEMA la revise. Por ley, el Programa de Individuos y Familias no puede hacerles llegar ayuda económica a personas o familias cuyas pérdidas estén cubiertas por un seguro.

Más información sobre desastres

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Más sobre el recurso

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Si busca representación legal

En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.

Última revisión y actualización: Oct 25, 2024
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