Protecciones para personas adultas mayores afectadas por un desastre

¿Tiene 60 o más y sufrió daños como consecuencia de un huracán?

Si la respuesta es sí, usted podría tener derecho a reclamar las ayudas disponibles, incluyendo las de FEMA.

Usted podría ser elegible para todas las asistencias que ofrece FEMA tras un desastre, incluyendo asistencia de vivienda, asistencia de necesidades críticas, y asistencia para otras necesidades. FEMA considera a las personas adultas mayores como personas que pueden tener necesidades de acceso y funcionales, lo que activa las protecciones contra la discriminación y otras formas de apoyo para completar su solcitud.

¿Cómo un familiar/conocido puede ayudarle en un desastre?

Usted, como solicitante de asistencia, puede autorizar a otra persona para que haga gestiones ante FEMA en su nombre. Deberá hacerlo por escrito autorizando a FEMA a divulgar información de su caso a esta persona. FEMA require que esta autorización incluya:

  • Su nombre completo, dirección y fecha de nacimiento.

  • Número de solicitud de FEMA o número de teléfono

  • Incluya su firma y fecha en que la firmó

  • Esté notarizada o, en su lugar, incluya la frase “Por la presente declaro bajo pena de perjurio que lo anterior es verdadero y correcto”.

  • Incluir el nombre de la persona, entidad u organización a la que está autorizado a acceder a su información. 

  • Identificar de manera específica la información a la que esta persona que usted designe puede tener acceso como por ejemplo: el expediente completo del caso, la información de contacto actual, la cantidad de asistencia por desastre recibida.

FEMA también podría aceptar copia de un Poder o evidencia de una tutela como evidencia de la capacidad de acceder a información del solicitante.   

¿Qué pasa si una persona familiar utiliza su seguro social para reclamar las ayudas de FEMA?

Reclamar ayuda para su casa o para usted, es un derecho que le pertenece a usted. Si alguien más solicita sin su consentimiento, está violando sus derechos. Recuerde que utilizar el seguro social de otra persona para reclamar ayuda de FEMA podría constituir explotación financiera por fraude.  Esto es un delito. Puede encontrar más información sobre la explotación financiera aquí.

¿Cuáles son sus derechos como persona adulta mayor?

  • Manejar su dinero y sus bienes libremente, así como ejercer su derecho a reclamar ayudas luego del desastre. 

  • Un ambiente de dignidad, respeto y tranquilidad en el que se satisfagan sus necesidades básicas.

  • Recibir atención médica adecuada

  • Ser escuchada, atendida y consultada en todo asunto que le afecte

  • Tener acceso a sus beneficios y servicios públicos

  • Entre otros

¿Qué derechos tiene si es una persona de edad avanzada recluida en un hogar o centro de cuidado?

  • Recibir trato digno y privacidad, tanto en el cuidado personal como al recibir tratamiento

  • No sufrir abuso físico ni emocional

  • No sufrir abandono

  • Recibir alimentos adecuados y apoyo de sus familiares más cercanos

  • Mantener comunicación con las personas que desee, incluyendo grupos comunitarios

Para más información sobre sus derechos, visite aquí.

¿Qué puedo hacer si piensa que se han violado sus derechos?

  • Llamar a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada o al Departamento de la Familia. Encuentre la información de contacto aquí

  • Solicitar una Orden de Protección al Tribunal. Encuentre aquí más información sobre las órdenes de protección al amparo de la Carta de Derechos de las Personas de Edad Avanzada.

¿Quiénes pueden acudir a reclamar estos derechos?

  • La persona de 60 años o más a la que se le hayan violado sus derechos

  • La persona tutora de dicha persona.

  • Una persona oficial de la Policía. 

  • Cualquier persona particular interesada en su bienestar.

¿Necesita orientación?  ¡Llame a estos lugares!

  • Oficina del Procurador de Personas de Edad Avanzada (OPPEA) 787-721 -6121

  •  Línea de Orientación y Apoyo Familiar del Departamento de la Familia 787-977-8022, 1-888-359-7777

  • Centro de Apoyo para Víctimas del Crimen (CAVIC) 787-763-3667

  • Centro Integral de Ayuda a Víctimas (CIAV) 787-622-8800

  • También puedes escribir un correo electrónico a: ciav.derecho@upr.edu / cavic@metro.inter.edu

     

Más información

Encuentre aquí más información relacionada a desastres.

Oriéntese aquí sobre qué es la explotación financiera. 

 

Si busca representación legal

En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.

Última revisión y actualización: Feb 23, 2026
¿Fue útil esta información?
Volver arriba