¿Qué es la terapia de aislamiento en la salud mental?
Contenido
- ¿Qué es la terapia de aislamiento?
- ¿Cuánto tiempo puede durar el aislamiento?
- ¿Se puede ordenar el aislamiento en ausencia de una psiquiatra?
- Medidas durante el aislamiento y condiciones requeridas de espacio físico
- Tiempos claves en una orden de aislamiento
- El deber de revisión constante del uso del aislamiento
- El aislamiento y el expediente médico de la paciente
- ¿De dónde sale esta información?
- Más información
- Si busca representación legal
¿Qué es la terapia de aislamiento?
El aislamiento es una medida terapéutica que consiste en el encierro involuntario de una persona adulta o menor con trastornos de salud mental, en una habitación, apartada de otras personas, de la cual está físicamente impedida de salir por un periodo de tiempo y que requiere de procedimientos y cuidados específicos. Los requisitos para que se dé el aislamiento son:
- Únicamente se dará el aislamiento si hay orden escrita por la psiquiatra luego de haber evaluado y estar convencido que la aplicación del aislamiento es la alternativa indicada.
- Solamente se puede utilizar como medida terapéutica, para evitar que la persona adulta se cause daño a sí misma, a otras o a la propiedad.
- Solamente podrán llevar a cabo la terapia de aislamiento las instituciones hospitalarias y los centros de salud mental.
- En ningún momento el aislamiento será utilizado como castigo, medida disciplinaria o para conveniencia del personal de la institución.
- La orden dada por la psiquiatra indicará el término de duración del aislamiento y los aspectos a observar. Una orden de aislamiento será válida por el término de 8 horas, según se explica más adelante. Cada período de aislamiento requerirá una nueva orden del psiquiatra.
- En casos de emergencia, puede ser ordenado por personal médico.
¿Cuánto tiempo puede durar el aislamiento?
El aislamiento no puede durar más de 8 horas. Una vez se haya completado su periodo de aislamiento, no podrá ser sometida a otro aislamiento durante los próximos 2 días calendario.
¿Se puede ordenar el aislamiento en ausencia de una psiquiatra?
Sí. A manera de excepción la medida puede ser iniciada por una persona médico o una enfermera, debidamente adiestrada y certificada en esta modalidad, siempre y cuando se cumplan con los siguientes requisitos:
- Haber consultado por teléfono con la persona psiquiatra.
- Haberse observado personalmente a la persona paciente y estar clínicamente convencida de que el aislamiento es necesario para prevenir que la persona se cause daño a sí misma, a otras personas, o la propiedad.
Una vez la psiquiatra esté disponible, se efectuará la evaluación para añadirla o consignarla a la orden por escrito en el expediente. Esto se debe hacer lo más pronto posible, pero en ningún caso más tarde de las doce (12) horas siguientes al empleo del aislamiento de emergencia.
Este tipo de aislamiento no se puede extender por más de 4 horas. Tan pronto la persona psiquiatra esté disponible tendrá que llevar a cabo la evaluación para consignar la orden por escrito.
Para que una persona profesional de la salud mental pueda ordenar un aislamiento debe estar certificada y para esto debe completar un adiestramiento por una entidad acreditada por ASSMCA sobre el uso y aplicación de esta modalidad terapéutica. Los certificados expedidos por concepto de adiestramiento son vigentes por 2 años.
Medidas durante el aislamiento y condiciones requeridas de espacio físico
-
La persona psiquiatra que ordene el aislamiento asignará a una enfermera certificada en esta modalidad para que observe a la paciente por lo menos cada 15 minutos, sin menoscabar su derecho a la intimidad y escribirá sus observaciones en el expediente clínico.
-
Los cuartos de aislamiento deberán estar debidamente preparados con los protocolos federales y estatales vigentes, a fin de evitar daños a la persona.
Tiempos claves en una orden de aislamiento
-
Una orden de aislamiento será válida por el término de 12 horas.
-
Pasadas las primeras 12 horas de haberse emitido la orden, se requerirá la emisión de una nueva orden de la psiquiatra, luego de evaluar directamente a la persona.
-
La persona psiquiatra que ordene el aislamiento notificará inmediatamente y por escrito a la directora de la institución y al equipo sobre la aplicación del mismo.
- El aislamiento puede ser empleado por un periodo no mayor de 8 horas, contadas a partir de su comienzo. Luego de este periodo, no se utilizará nuevamente en la misma persona adulta durante los próximos 2 días calendario.
El deber de revisión constante del uso del aislamiento
-
Es mandatorio realizar, a la mayor brevedad posible, una revisión del uso del aislamiento terapéutico registrado por la facultad médica sobre las razones para el uso de esta medida.
-
La persona directora de la institución hospitalaria debe notificar o revisar todas las órdenes de aislamiento diariamente y presentar un informe anual a la Junta de Gobierno de la institución y por escrito a la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción. Este informe será rendido dos veces al año (por los periodos del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de julio al 31 de diciembre).
-
Las instituciones tienen la obligación de establecer un protocolo escrito para el uso del aislamiento terapéutico que cumpla con las disposiciones legales pertinentes.
El aislamiento y el expediente médico de la paciente
Toda orden de aislamiento tiene que estar en el expediente y en ella se indicará:
- las razones por las cuales la orden de aislamiento ha sido emitida,
- la duración del aislamiento y
- los aspectos a observar durante este proceso.
Además, se le notificará lo antes posible a la persona familiar más cercana o la tutora de la persona adulta sobre la medida de aislamiento utilizada.
¿Puede solicitar copia del expediente médico?
Sí. Cualquier persona expresamente autorizada por la persona que recibe servicios de salud mental, por el tribunal, o por la tutora legal de la misma, podrá inspeccionar el expediente, obtener un resumen del expediente y copia de aquel documento.
¿La persona paciente puede solicitar copia del expediente?
La persona recibiendo tratamientos de salud mental también podrá inspeccionar sus expedientes clínicos siempre que el equipo dentro de la institución determine que usted se encuentra mentalmente capacitada para interpretar razonablemente la información. Podrá obtener copia de la totalidad de su expediente mediante una petición escrita y el pago de los cargos correspondientes.
¿De dónde sale esta información?
Artículo 4.05 de la Ley de Salud Mental de Puerto Rico.
Más información
Encuentre aquí más información sobre temas de salud.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos.






.png)