¿Qué puedo hacer si ICE toca a mi puerta?

Por: Ayuda Legal Puerto Rico

  • Si tocan a su puerta, sin abrirla, pregunte quién es.  Si son agentes de inmigración pídales específicamente  si tienen una orden de allanamiento firmada por un juez o jueza federal. Si la tienen, que la deslicen por debajo de la puerta. 

  • Si está firmada por agentes de inmigración y no por un juez o jueza, esa orden no es válida.

  • Recuerde que una orden de un juez o jueza federal debe incluir:

    • el Tribunal que emite la orden, 

    • el nombre o nombres de las personas contra quien va dirigida la orden

    • la dirección a la que se autoriza entrar y 

    • la firma de un juez o jueza federalUna orden de deportación no es lo mismo que una orden de allanamiento, la orden de allanamiento es la que permite que los agentes puedan entrar a su hogar.  Si no tienen esta orden, no pueden entrar a su casa, ni arrestarle.  

  • No les muestre identificaciones con la puerta entreabierta.

¿Qué derechos tengo si ICE llega a mi casa?

  • A guardar silencio en todo momento, aún cuando los agentes tengan una orden de allanamiento

  • A negarse a permitirles la entrada si no tienen una orden de allanamiento

¿Qué debo hacer si de todas formas entran a mi casa?

  • Si de todas formas entran a su casa, no se resista.  
  • Sobre todo, guarde silencio.  Usted no tiene que contestar preguntas sobre su estatus migratorio, en dónde nació o como llegó a este país.  Aunque le pregunten directamente, usted NO tiene que contestar.  

  • Si tiene documentos de inmigración, se los debe enseñar a un agente federal de inmigración.  No a la Policía Local.  

  • Si no tiene documentos, y un agente le pregunta, solo tiene que decir que va a guardar silencio.

  • En la medida posible, usted o un familiar presente debe grabar en video lo que está ocurriendo y tomar fotos. Tan pronto pueda, busque asistencia legal y de las autoridades de su país.  Tenga un familiar/amigo de confianza para llamar en caso de emergencia con las autoridades.

  • No firme ningún documento, sin consultar previamente a su representante legal.

¿Qué debo hacer si me encuentro en un aeropuerto, puerto u otro espacio federal?

  • Los puertos y aeropuertos se consideran puertos de entrada a los Estados Unidos, esto incluye a Puerto Rico para fines de las leyes migratorias. Por esto, no es recomendable acercarse a estos lugares si usted se encuentra en estado irregular migratorio. 

  • Si está en un puerto, aeropuerto u otra espacio federal, infórmele a los agentes: “estoy tomando fotos y grabando para tener récord de lo que están haciendo conmigo”.

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Última revisión y actualización: Jan 24, 2025
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