¿Por qué y cómo presentar querellas por discrimen en la vivienda?

¿Qué es el discrimen en la vivienda?

A manera de ejemplo, es discriminación prohibida si por razón de raza, color, origen nacional, religión, sexo, estatus familiar o diversidad funcional, alguien:

  • se niega a alquilar o vender una vivienda.
  • niega que exista una propiedad para alquiler o venta.
  • establece precios, términos, condiciones o beneficios distintos al vender o alquilar la vivienda.
  • incluye en sus anuncios o avisos de disponibilidad alguna preferencia o limitación en contra de estos grupos. 
  • les asigna a áreas específicas de un edificio.
  • limita o no hace las obras de reparación y mejoras.
  • Se niega a aprobar préstamos u ofrecer información financiera.

La Ley federal de Vivienda Justa (Fair Housing Act) prohíbe el discrimen en la vivienda por:

  • raza,
  • color,
  • origen nacional,
  • religión,
  • sexo,
  • estatus familiar o
  • diversidad funcional.

Cualquier persona que entienda que ha sido discriminada por ser parte de uno o varios de estos siete grupos protegidos puede presentar una querella a la Oficina de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidades del Departamento de Vivienda Federal (HUD-FHEO). La HUD-FHEO  se encargará de investigar la situación y obtener remedios adecuados en casos de discrimen. 
 

¿Cuándo aplica protección contra el discrimen?

El discrimen en la vivienda puede ocurrir al comprar una vivienda, alquilar una vivienda, obtener un préstamo hipotecario, al buscar asistencia de vivienda o en otras actividades relacionadas. Hay protecciones adicionales para las residentes de viviendas con subsidios federales como Sección 8. 

Como regla general, la ley federal aplica a la mayoría de las viviendas incluyendo vivienda privada, vivienda pública y vivienda subsidiada. Sin embargo, algunos espacios están exentos de cumplir con la ley federal de vivienda justa. Estos son:

  • Residencias de cuatro unidades o menos donde vive el dueño en una de éstas. 
  • Residencias unifamiliares que se alquilan por cuenta propia, es decir, sin la participación de un corredor de bienes raíces o realtor. 
  • Residencias que pertenecen a una organización religiosa y que no se utilizan para fines comerciales. La organización puede limitar su alquiler a personas de la misma religión, aunque no puede discriminar por razones de raza, color u origen nacional. 
  • Residencias que cumplen un propósito específico, por ejemplo una casa para personas adultas mayores. En esos casos, podría discriminar contra personas que no sean adultas mayores, pero no por razón de raza, color u origen nacional. 

¿Quién puede presentar esta querella?

Cualquier persona u organización que pertenezca o represente grupos protegidos y que crean haber sido víctimas de discrimen en la vivienda. Se debe presentar dentro del año después del último acto de discriminación. 

La querella se puede presentar contra una agencia de gobierno, un banco, desarrolladores, personas dueñas de propiedades, aseguradoras, o realtors, entre otros. 

¿Qué hay que incluir en la querella?
  • Nombre y apellidos, dirección física y postal. HUD-FHEO no acepta querellas anónimas, excepto cuando se trata de asistencia financiera. 
  • Nombre de las personas, organizaciones o agencias contra quien se presenta la querella

  • Información del programa de vivienda al que se refiere, si aplica.

  • Descripción breve de los hechos

  • Fechas de las alegadas violaciones

  • Grupo o grupos protegidos al que pertenece

¿Cómo se presenta la querella?

Puede utilizar nuestra herramienta de formulario interactivo para presentar la querella a través del siguiente enlace: https://ayudalegalpr.app.law/querella-por-discrimen-en-la-vivienda

También puede presentar la querella a través de los siguientes medios:

  • En línea a través del formulario oficial: portalapps.hud.gov/AdaptivePages/HUD_Spanish/Espanol/complaint/complaint-details.htm
  • Puede imprimir y llenar este formulario y enviarlo por correo a la siguiente dirección:

            New York Regional Office of FHEO

U.S. Department of Housing and Urban Development

26 Federal Plaza, Room 3532

New York New York, 10278-0068

  • Puede llenar este PDF y enviarlo por correo electrónico a complaintsOffice02@hud.gov
  • Puede presentar una querella por teléfono llamando a:
    • (212) 542-7519  
    • 1-(800) 496-4294 
    • TTY (212) 264-0927

 Si tiene dudas adicionales, puede comunicarse con la oficina regional de HUD al (787)  766-5400.

¿Qué pasa después de que se presenta la querella?

  1. HUD revisa la querella presentada. Si decide acogerla, notifica a las partes.
  2. La agencia realiza una investigación para determinar si hay causa razonable para creer que se violó la Ley de Vivienda Equitativa.

  3. Transcurridos 100 días sin que termine la investigación, HUD debe explicar el por qué de la tardanza.

  4. Se ofrece la oportunidad de completar un acuerdo de conciliación. En este acuerdo las partes pueden llegar voluntariamente a una solución para la situación. Si la persona administradora o la persona contra la cual se presentó la querella incumplen el acuerdo, se debe informar a HUD.

  5. HUD publica un informe final donde establece los hechos y hallazgos de la investigación.

  6. Si determina que hay causa razonable para creer que hubo discrimen, emite una Determinación de Causa Razonable y Cargo de Discriminación contra la persona querellada.

  7. La persona querellante y la querellada tienen 20 días para decidir si acudirán ante el Juez o Jueza Administrativa de la agencia o si irán Tribunal Federal de Distrito. Si no llegan a un acuerdo sobre esto, HUD les referirá ante el Juez o Jueza Administrativa, quien celebrará la vista.

  8. Si, por otro lado, el informe final establece que no hay causa razonable para creer que hubo discrimen, la querella se declara sin lugar y se emite una Determinación de Inexistencia de Causa Razonable.

  9. Si esto ocurre, la persona querellante puede presentar una solicitud de reconsideración por escrito, solicitando que se revalúe su caso. Aunque no hay un proceso establecido de querella, si no está conforme con el procedimiento o determinación puede pedir una reconsideración: Director, FHEO Office of Enforcement, U.S. Department of Housing and Urban Development, 451 7th Street, SW, Room 5226, Washington, DC 20410-2000. 

  10. También puede acudir al Tribunal Federal de Distrito y presentar una acción legal. Para poder presentar la demanda, debe haber comenzado el proceso administrativo dentro de los dos años posteriores al acto discriminatorio.

Nadie puede tomar represalias en su contra por presentar una querella ante cualquier acto de discrimen en su contra. Para más información sobre represalias visite aquí. 

De dónde sale esta información

Para más información sobre el proceso de discriminación en vivienda, puede visitar https://www.hud.gov/program_offices/fair_housing_equal_opp/complaint-process. 

Encuentre aquí más información provista por HUD sobre discrimen en la vivienda. 

Más información

Encuentre aquí más información sobre discrimen en la vivienda. Encuentre aquí más información sobre derechos relacionados a la vivienda. 

Si busca representación legal

En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.

Última revisión y actualización: Oct 04, 2023
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