¿Qué derechos tengo ante la remoción de un hijo o hija menor?
Contenido
- ¿Qué es la remoción de una persona menor?
- ¿Cuándo el Departamento de la Familia puede remover a una persona menor de su hogar?
- ¿Cómo es el proceso de remoción?
- ¿Qué derechos tengo como madre o padre si no estoy de acuerdo con la remoción?
- ¿Qué derechos tengo durante el proceso de remoción si soy una persona sorda?
- Más información
- Si busca representación legal
¿Qué es la remoción de una persona menor?
La remoción de menores es un proceso mediante el cual un tribunal priva a una persona custodia de la guarda física de menores de edad bajo su cuidado porque se entiende que existe un riesgo para la seguridad o el bienestar de una persona menor. La remoción no es un castigo y la ley establece que en estos casos se debe considerar la reunificación de la persona menor con su familia como primera alternativa, siempre que sea viable y se pueda garantizar la seguridad, bienestar y mejor interés de la persona menor.
¿Cuándo el Departamento de la Familia puede remover a una persona menor de su hogar?
Normalmente el Departamento de la Familia (DF) tiene que acudir primero al Tribunal de Primera Instancia y solicitar que se autorice la remoción. Esto puede ocurrir cuando se da una de las siguientes circunstancias:
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Cuando un menor se encuentra en una situación que representa un riesgo para su seguridad, salud o integridad física o emocional, o
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Se obtuvo la custodia de emergencia del menor o menores según el procedimiento establecido en el Artículo 9 de la Ley Núm. 57-2023
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La Ley Núm. 57-2023 también permite en su Artículo 9 que, en ciertas circunstancias de emergencia, el DF pueda ordenar el retiro inmediato del hogar donde una persona menor se encuentre y le retenga hasta un máximo de 72 horas sin acudir al Tribunal. Luego de las 72 horas siguientes a la remoción, si se dan ciertas circunstancias, la custodia de emergencia se puede extender por 48 horas adicionales, pero no más de eso. Estas circunstancias se limitan a que no se haya podido obtener la autorización por el tribunal estar en receso, o por otras circunstancias no atribuibles al Estado. Luego de esto, la persona trabajadora social del DF deberá llevar el caso ante un juez o una jueza.
¿Cómo es el proceso de remoción?
Es importante tener presente que en estos procedimientos va a haber varias vistas y en caso de que el Tribunal ordene la remoción de menores, existe la posibilidad de que la familia pueda ser reunificada luego de cumplir con un plan de servicios. De hecho, bajo la Ley Núm. 57-2023, la remoción debe ser considerada como la última opción. El Departamento de la Familia debe realizar esfuerzos razonables para viabilizar la reunificación familiar. El Tribunal es quien determina si se han hecho estos esfuerzos razonables.
Encuentre aquí más información sobre cómo deben ser esos esfuerzos razonables. Este plan de servicios busca capacitar a la persona custodia en los aspectos que se considere necesario reforzar. Cuando se acepta seguir un plan de seguridad, es importante cumplirlo fielmente porque su incumplimiento da lugar a la remoción de las personas menores.
¿Qué derechos tengo como madre o padre si no estoy de acuerdo con la remoción?
Cuando una persona menor es removida de su hogar, la ley establece que se debe considerar la reunificación con su familia como primera alternativa, siempre que esto sea viable y se pueda garantizar la seguridad, bienestar y mejor interés de la persona menor.
El Departamento de la Familia debe realizar esfuerzos razonables para que esta reunificación se pueda dar, excepto en las circunstancias donde esto no resultará en el interés óptimo de la persona menor, según establecidas en la ley.
Por ejemplo, si una persona a quien se le removió la custodia de un hijo o una hija recibe servicios del DF para recuperarles y luego de la familia haber sido reunificada ocurren nuevos incidentes que dan pie a una nueva remoción, el DF puede solicitarle al Tribunal que le releve de hacer esfuerzos razonables para la reunificación familiar.
¿Qué derechos tengo durante el proceso de remoción si soy una persona sorda?
Usted tiene derecho a saber qué está pasando y a tener acceso a información básica. La Ley "Americans With Disabilities Act" (ADA) establece que todas las agencias del gobierno tienen que ofrecer servicio de interpretación a las personas sordas. No tenerle es una forma de violencia institucional.
Más información
Encuentre aquí más información sobre temas de familia y menores.
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