La restricción terapéutica en el ingreso involuntario
Contenido
- ¿Qué es la restricción terapéutica?
- ¿Cuáles son los deberes de la persona profesional de la salud que inicie la restricción?
- ¿Cuál es el protocolo de administración de la restricción?
- ¿Cuáles son los términos y cuánto puede durar la restricción?
- ¿Cuál es el protocolo una vez iniciada la restricción?
- ¿Cuál es el protocolo de restricción en ausencia de un psiquiatra?
- Notificación a familiar al restringir paciente
- ¿Qué responsabilidades tiene toda institución que la aplique?
- ¿Qué puedo hacer si no se llevan a cabo los protocolos adecuadamente?
- Otras consideraciones
- ¿De dónde sale esta información?
- Más información
- Sobre el recurso
- Si busca representación legal
¿Qué es la restricción terapéutica?
Es una medida terapéutica donde se restringe una persona involuntariamente, para limitar el movimiento de todo o parte del cuerpo, cuando se cumplen los siguientes requisitos:
- La persona se puede causar daño a sí misma u otras personas
- Puede causar daños a propiedad.
¿Cuáles son los deberes de la persona profesional de la salud que inicie la restricción?
- Haber observado personalmente al paciente y estar convencido que es la mejor opción.
- El psiquiatra le hará una evaluación lo más pronto posible, este tiempo no debe exceder de cuatro (4) horas luego de la restricción.
- Si el psiquiatra no lo autoriza, se finalizará la restricción de inmediato.
- Si la persona mejorase antes de vencer las cuatro (4) horas, la psiquiatra tendra doce (12) horas para reevaluar la paciente.
- Cuando la psiquiatra ordene una restricción hay que informarlo por escrito a la persona Directora Médico y al equipo inter o multidisciplinario.
- Una enfermera graduada y adiestrada, le observará cada quince (15) minutos y anotará sus observaciones en el expediente.
- Se debe consignar en el expediente la necesidad de la orden de restricción.
El uso de este procedimiento está regulado rigurosamente y la Ley regula los protocolos que deben seguir las instituciones que prestan servicios de salud mental al aplicar esta terapia. La persona profesional de la salud que intervenga en la restricción terapéutica tiene que cumplir con el requisito de estar adiestrada por cualquier entidad debidamente acreditada por ley para ofrecer adiestramientos de educación continuada a profesionales de la salud. El contenido del curso debe cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción (ASSMCA).
¿Cuál es el protocolo de administración de la restricción?
- Se requiere una orden escrita de un psiquiatra que haya observado personalmente al paciente.
- Se evalúe su condición física y mental concluyendo que la restricción es necesaria.
- La orden de restricción se anotará en el expediente junto a sus justificaciones. Se debe consignar en el expediente la necesidad de la orden de restricción.
¿Cuáles son los términos y cuánto puede durar la restricción?
- Luego de su emisión, la orden de restricción no será válida por más de doce (12) horas.
- No se podrá exceder de cuatro (4) horas sin que la psiquiatra evalúe a la persona nuevamente.
- Al evaluarla, la psiquiatra determinará si expedirá una nueva orden de restricción o no.
- Si como resultado de esta evaluación se requiere continuar con la restricción, la psiquiatra expedirá una nueva orden, que será consignada en el expediente clínico.
¿Cuál es el protocolo una vez iniciada la restricción?
- Se puede emitir una orden de restricción cada cuatro (4) horas en un periodo de doce (12) horas. Este periodo comienza a contar desde el momento en que se emite la orden de restricción.
- Cuando se entienda necesario, se le removerá la restricción por no menos de quince (15) minutos cada dos (2) horas.
- Si usted ha sido restringida por doce (12) horas tiene derecho a no ser restringida por los próximos dos (2) días, a menos que haya una orden justificada y se cuente con la autorización de la persona directora médica de la institución horpitalaria.
- Esta modalidad será removida tan pronto como resulte clínicamente innecesaria.
¿Cuál es el protocolo de restricción en ausencia de un psiquiatra?
- Antes de proceder se le debe consultar vía telefónica al psiquiatra.
- En caso de que acceda a la restricción la inciará una persona médico, enfermera graduada o miembro del equipo debidamente adiestrada y certificada en esa modalidad.
- La persona que lleve a cabo la restricción está obligada a poner en el expediente esta consulta y se debe incluir mínimamente:
- Fecha
- Hora
- Nombre del psiquiatra que consultó
- Razón de la consulta
- Indicaciones de la persona psiquiatra consultada
- Nombre y firma de quien llevará a cabo la restricción
*Para propósitos de esta anotación en el expediente, no se permitirán formularios que se limiten a incluir encasillados para ser completados con marcas de cotejo.
Notificación a familiar al restringir paciente
Se notificará a la persona familiar más cercana o tutora legal sobre la medida de restricción con la mayor brevedad posible. Es mandatorio la revisión de las razones de restricción por facultad médica y la persona directora médica.
¿Qué responsabilidades tiene toda institución que la aplique?
- Establecer por escrito un protocolo para la restricción terapéutica.
- La persona Directora Médica:
- Diaramente revisará las órdenes de restricción e investigará las razones consignadas
- Mantendrá un registro de las restricciones realizadas y rendirá un informe anual a la adimistración
- Proveerá para que el protocolo para la restricción terapéutica de la institución incluya información sobre las profesionales de salud mental facultafas para iniciar este proceso.
¿Qué puedo hacer si no se llevan a cabo los protocolos adecuadamente?
Tiene derecho a presentar una querella. La institución le proveerá a usted o su tutor un manual de servicios en el cual se detallarán los pasos a seguir para presentar querellas.
Luego de presentar la querella:
-
El hospital tendrá treinta (30) días para contestar.
-
De no estar conforme con la decisión del hospital, podrá acudir al Tribunal.
Otras consideraciones
Si usted es un paciente de edad avanzada está cobijado por la Ley Núm. 121 de 2019, acceda el siguiente enlace para conocer sus derechos.
Recuerde a demás que en todo procediimiento de salud mental ll hospital tiene el deber de informar a la persona sobre sus derechos, incluyendo pero no limitado a su derecho a ser dada de alta, a negarse a recibir tratamiento, a presentar quejas o querellas y a estar representada legalmente durante su ingreso involuntario. También el hospital debe notificarle sobre las órdenes del Tribunal en su contra y cualesquiera de los otros derechos contenidos en la ley.
¿De dónde sale esta información?
Este contenido educativo hace referencia a la Ley de Salud Mental de Puerto Rico.
Más información
Acceda a este enlace para más información sobre derechos relacionados a la salud mental.
Sobre el recurso
Este recurso se preparó gracias a la colaboración del licenciado Carlos Gil Ayala. Agradecemos su solidaridad y compromiso para que más personas conozcan sus derechos.
Si busca representación legal
En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe ultilizar según su mejor criterio y necesidad. Si suted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos.






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