¿Cuál es el proceso de reubicación bajo el Programa R3?

El Programa CDBG de Reparación, reconstrucción y reubicación (R3) de viviendas del Departamento de la Vivienda puede dar asistencia de reubicación a personas cuyas viviendas fueron dañadas por los huracanes Irma y María.

Como regla general, usted es elegible para reubicación si su vivienda está en un área susceptible a inundaciones, deslizamientos u otros riesgos que no permitan la reconstrucción en el mismo lugar. Si usted no desea reubicarse, puede solicitarle a R3 que evalúe si la vivienda puede elevarse sobre el nivel de inundación. También puede deciidir esperar por que inicien los programas de mitigación, por si hay una alternativa de mitigación que permita que su vivienda se reconstruya en el mismo sitio.

¿Cómo funciona el proceso de reubicación?

Si usted es elegible para reubicación, puede recibir un vale ("voucher") para comprar una vivienda fuera de áreas de riesgo. La cantidad del vale depende de cuántas personas vivían en el hogar al momento del desastre y el número de habitaciones necesarias en el hogar de reemplazo. 

Detalles de cuantía y tamaños de las viviendas
Tamaño de la vivienda  Cantidad máxima del vale 
Dos dormitorios  $160,000.00 
Tres dormitorios  $185,000.00 
Cuatro dormitorios  $200,000.00 

 

Si la vivienda tiene un costo mayor al vale, debe pagar la diferencia con sus propios medios, incluyendo a través de un préstamo hipotecario. Debe vivir la propiedad por lo menos cinco (5) años y pasar por un proceso de Asesoría de Viviendaentre otros requisitos. 

¿Qué pasa si no vivo los cinco (5) años en la casa que adquirí con el vale de reubicación?

Una vez usted escoja la vivienda y R3 autorice la compra, el programa adquiere la propiedad afectada por los huracanes. El programa la adquiere al entregarle un crédito por el valor actual de la vivienda damnificada. Esta cantidad se le resta al balance principal del monto asignado al vale de reubicación. La ayuda de reubicación no hay que pagarla, no es un préstamo. Pero, si no vive en la casa por los cinco (5) años, el Departamento de Vivienda le puede ordenar reembolsar todo o parte del beneficio, dependiendo de cuánto tiempo haya vivido en la propiedad. La deuda será el resultado de la asistencia que recibió menos el crédito por el valor de la propiedad afectada por el desastre. 

Si no puede vivir en la propiedad por los cinco años por circunstancias extraordinarias, el Programa R3 puede considerar condonar y/o liberar el gravamen de una vivienda sólo caso a caso. Algunos de los ejemplos que el programa considerará incluyen, pero no se limitan a:

  • eventos significativos que pueden causar que la persona solicitante necesite un hogar más grande, más pequeño o diferente. Por ejemplo:
    • el matrimonio 
    • el divorcio
    • nacimientos o muertes
    • destaques o reasignaciones militares

¿Qué pasa si tengo una hipoteca?

Las personas que tienen una hipoteca que no han saldado pueden recibir asistencia de reubicación. Sin embargo, están sujetas a ciertas restricciones. Si la propiedad está hipotecada y cualifica solo para reubicación porque la vivienda está en una zona inundable, la asistencia depende de cuánto debe la propiedad. 

  • Si la deuda no es mayor al valor de tasación actual de la vivienda, R3 podría pagar la hipoteca pendiente. Por ejemplo, si la vivienda tasó en $50,000 y la hipoteca debe $10,000, el Programa puede asignar $10,000 para pagar la hipoteca. La cantidad del vale de reubicación no se afecta por la ayuda. 
    • La cantidad de la hipoteca que pague el Programa no se descontará como crédito del principal del acuerdo de subvención. 
  • Si el balance de la hipoteca es mayor al valor de la tasación, R3 puede autorizar que se pague esa cantidad en exceso con los fondos otorgados para el vale de reubicación. Por ejemplo, si la vivienda tasó en $50,000 pero la deuda es de $55,000, el Programa puede autorizar $5,000 para el pago del balance hipotecario en exceso del valor de la vivienda. Esos $5,000 se deducen del vale de reubicación. 
    • Vivienda también puede permitir que usted contribuya con sus propios fondos para compensar por la reducción del vale. 

Más información

Encuentre aquí más información sobre su derecho a participar del Programa de Asesoría de Vivienda con un vale de reubicación.

Encuentre aquí un resumen de las Guías del Programa de Asesoría de Vivienda. 

Encuentre aquí más información sobre desastres.

Si busca representación legal

En ayudalegalpr.org encontrará información legal, que debe utilizar según su mejor criterio y necesidad. Si usted necesita representación legal, visite nuestro directorio de servicios legales gratuitos aquí.

Última revisión y actualización: Sep 07, 2022
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