Sesiones legislativas
Por: Ayuda Legal Puerto Rico
Sesiones ordinarias
- Cada año, hay dos sesiones ordinarias en la Legislatura.
- La primera comienza el segundo lunes de enero y culmina el 30 de junio.
- La segunda sesión comienza el tercer lunes de agosto y termina el martes previo al tercer mes de noviembre.
- Cuando estamos en año de elecciones no se celebra la segunda sesión.
Estas sesiones pueden durar más tiempo, si así se aprueba por resolución conjunta del Senado y la Cámara de Representantes.
Sesiones extraordinarias
- Son las sesiones que se celebran en cualquier fecha fuera de las sesiones ordinarias.
- Las puede convocar el Gobernador o las personas presidentas de los cuerpos legislativos.
- La Constitución establece que si las convoca el Gobernador no pueden durar más de veinte días.
Sesiones especiales
- Sesiones que se celebran en momentos donde hay sesión de la Asamblea Legislativa.
- No son para discutir leyes o resoluciones conjuntas.
- Las concocan presidentes.
- Son para un asunto de interés publico o de importancia para el cuerpo legislativo.
Sesiones especiales de interpelación
- Sirven para ordenar investigaciones a agencias, corporaciones públicas, entidades y otros.
Sesiones especiales conjuntas
- Son sesiones que se celebran entre ambos cuerpos, a solicitud del los presidentes de cada uno.
Última revisión y actualización: Jun 13, 2019