Solicitud de cambio de género en su certificado de nacimiento e identificaciones personales
Certificado de nacimiento
Sobre el género
El género es un constructo social y creación humana, que no siempre concuerda con los órganos sexuales de la persona. Por otro lado, el cambio de género en sus identificaciones principales es un procedimiento que guarda relación con la igualdad de todos y todas ante la ley y con el derecho a la intimidad. Hay que tener claro que la incongruencia entre el género y el nombre o la apariencia física, delata información íntima que puede que la persona no desee que se conozca. Hoy en día usted tiene la alternativa de exigir el cambio de género en su certificado de nacimiento, licencia de conducir, tarjeta electoral y pasaporte.
Pasos a seguir para realizar el cambio en cada uno de los documentos o identificaciones
Si desea realizar este cambio en su licencia de conducir, deberá:
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Llenar el formulario “DTOP-DIS-134”.
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Presentar, junto al formulario, el pasaporte o certificado de nacimiento con el género con el cual se identifica.
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De no tener ninguna de estas identificaciones actualizadas, llevará una certificación emitida por alguna de las siguientes profesionales: psicóloga, terapeuta, trabajadora social, doctora en medicina, manejadora de casos o consejera evaluadora, con la cual tenga una relación de médico/paciente que confirme su género y que continuará identificándose como tal en el futuro. Puede encontrar esta certificación en la Parte B de este mismo formulario.
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Ojo: la persona no tiene que haber pasado por un tratamiento clínico de transición de sexo.
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La entrega de estos documentos se hará en alguna oficina del Departamento de Transportación y Obras Públicas.
La tarjeta electoral es la identificación requerida para poder ejercer uno de los derechos más importantes, el derecho al voto. Cuando la persona alcanza la edad de 18 años, edad requerida para poder ejercer el derecho al voto, la persona puede solicitar esta identificación.
Aunque se ordenó a la Comisión Estatal de Elecciones a establecer un reglamento sobre el proceso de cómo realizar el cambio de género en la tarjeta electoral, el mismo no está publicado. Tampoco han adoptado el formulario utilizado por las otras agencias. No obstante, en la práctica, el mismo se realiza y solo se requiere:
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Llevar el certificado de nacimiento y que este demuestre el género con el cual usted se identifica.
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Sería suficiente con presentarse en la oficina de la Junta de Inscripción Permanente que se encuentra en su pueblo de residencia.
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Obtenga información sobre la junta de inscripción permanente aquí
El pasaporte es una certificación personal que se le exige a las personas para poder salir hacia un país foráneo y poder regresar a su hogar. El pasaporte estadounidense es una certificación personal de índole federal y usted podría realizar el cambio de género en su pasaporte porque así el Departamento de Estado de EE. UU. lo ha autorizado.
La duración del pasaporte varía:
- Si usted finalizó el tratamiento clínico apropiado, su nuevo pasaporte tendrá una duración de 10 años; o 6 años si es un o una menor de 16 años. Ojo: si es un o una menor de 16 años quien desea realizar el cambio tiene que haber consentimiento por parte del padre o madre.
- Si usted está en proceso de obtener el tratamiento clínico apropiado, su nuevo pasaporte tendrá una duración de 2 años.
Para realizar el cambio deberá:
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Llenar el Formulario DS-11.
- Mostrar una identificación que se asemeje a su apariencia física.
- Una certificación médica que indique que se realizó el tratamiento clínico apropiado para la transición de sexo.
- Evidencia de que cambió legalmente su nombre (si aplica).
- Una certificación médica, esta debe incluir:
- Nombre completo, dirección y número de teléfono celular del o la doctora en medicina
- Licencia médica
- Licencia estatal
- Mensaje indicando que “la doctora la ha tratado y ha evaluado su historial médico y certificado que usted ha recibido el tratamiento médico para la transición de sexo.”
- El mensaje debe incluir una declaración médica donde se declare bajo pena de perjurio, bajo las leyes de EE. UU., que la información provista es cierta.
- Puede utilizar el siguiente formato como guía: _____________
- Estos documentos deben ser entregados personalmente en la Agencia del Pasaporte del Departamento de Estado.
Ojo: Si usted tiene un pasaporte temporero con vigencia de dos años porque se encontraba en proceso de terminar su tratamiento y ahora, habiéndolo finalizado, desea obtener uno formal con vigencia de 10 años debe llenar este otro formulario: DS-5504
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Debe hacer entrega del pasaporte limitado o temporero
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Entregar una certificación médica como la antes descrita
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No tiene costo adicional.
¿Qué tengo que hacer para poder corregir mi identidad de género en mi certificado de nacimiento?
- Llenar el formulario “Solicitud para el cambio de género en los certificados de eventos vítales”.
- Presentar, junto al formulario, el pasaporte o licencia de conducir con el género con el cual se identifica.
- De no tener ninguna de estas identificaciones actualizadas, llevará una certificación emitida por alguna de las siguientes profesionales: psicóloga, terapeuta, trabajadora social, doctora en medicina, manejadora de casos o consejera evaluadora, con la cual tenga una relación de médico/paciente que confirme su género y que continuará identificándose como tal en el futuro. Puede encontrar esta certificación en la Parte B de este mismo formulario.
- Ojo: la persona no tiene que haber pasado por un tratamiento clínico de transición de sexo.
- Tendrá que cancelar un sello de $20 de rentas internas.
- La entrega de estos documentos se hará en las Oficinas Centrales del Registro Demográfico.
¿Efectuar el cambio de género en el certificado de nacimiento tiene costo?
Sí. La persona que desee corregir su identidad de género en el certificado de nacimiento deberá pagar el importe de $20.00 debido a los sellos de Rentas Internas requeridos con la solicitud.
¿Es legal poder cambiar el género en mi certificado de nacimiento?
Sí. El Registro Demográfico, siguiendo la determinación de la jueza de distrito federal, Carmen Consuelo Cerezo, emitió la Carta Circular Núm. 3-18 en la que ordena que todas las personas transgénero, transexuales o no conformes con el género asignado en su nacimiento, ya podrán corregir su identidad hacia su verdadero género en el certificado de nacimiento.
Descargue la solicitud para cambio de género en certificado de nacimiento
Descargue la Carta Circular Núm. 3-18 del Registro Demográfico
Más
Más información sobre derechos de identidad de género y orientación sexual
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Si busca información sobre cambio de nombre
El proceso de solicitud y sus requisitos son distintos a los procesos de cambio de nombre o licencia de conducir.
Para conocer el proceso de cambio de nombre, presione aquí.
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