Nueva tabla de aranceles (sellos a pagar, septiembre 2015)
Por: Ayuda Legal Puerto Rico/ Rama Judicial de Puerto Rico
Información
Nuevos aranceles (septiembre 2015)
Tribunal de Primera Instancia
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Demanda civil en el Tribunal Superior- $90.00
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Demanda civil en el Tribunal Municipal- $60.00
- Primera alegación de la parte demandada en un pleito civil contencioso, ya sea la contestación u otra moción - Superior $90.00, Municipal $60.00
- Exenta de aranceles- Primera alegación de la parte demandada en pleito de expropiación forzosa
- Petición de divorcio por consentimiento mutuo en Tribunal de Primera Instancia - $78.00
- Petición de declaratoria de herederos en el Tribunal de Primera Instancia- $78.00
- Petición de recursos extraordinarios, con excepción del recurso de hábeas corpus- $90.00
- No tiene que pagar aranceles o sellos- Petición de hábeas corpus
- Oposición presentada por cualquier parte en recursos extraordinarios, con excepción del hábeas corpus- $90.00
- Escrito de promoción de un expediente de jurisdicción voluntaria al Tribunal de Primera Instancia- $78.00
- Solicitud de intervención u oposición en un proceso de jurisdicción voluntaria- $78.00
- Demanda de desahucio por falta de pago en el Tribunal de Primera Instancia- $60.00
- Demanda en reposesión de bienes muebles en el Tribunal de Primera Instancia- $90.00
- Recurso de revisión de multas administrativas bajo la Ley de Tránsito- $6.00
- Transcripciones- $6.00 por página
- Regrabaciones- $12.00 por hora o fracción de hora, hasta un máximo de $24.00
- Copias de documentos a un cargo básico de $6.00 por la primera página y por la búsqueda y manejo del expediente judicial y $0.60 por cada página adicional
- Celebración de bodas- $20.00
- Juramentación en las secretarías del diligenciamiento de cada emplazamiento- $5.00
- No tienen que pagar aranceles (o sellos):
- Casos de pensión a favor de menores si es presentada por la parte con custodia del o la menor.
- Quien solicita pensión entre parientes o como ex cónyuge. Si las partes acuden juntas al tribunal por estipulación, la parte que tenga que pagar la pensión está obligada a pagar los aranceles.
Tribunal de Apelaciones
- Escrito de apelación o certiorari en el Tribunal de Apelaciones- $102.00
- Primera alegación del apelado o recurrido en caso de apelación civil o certiorari en el Tribunal Apelaciones- $102.00
- Escrito de Revisión de Decisiones Administrativas en el Tribunal de Apelaciones- $102.00
- Escrito de Apelación o certiorari en recursos extraordinarios en el Tribunal de Apelaciones
- excepto el recurso de hábeas corpus que está exento del pago de aranceles- $102.00
Tribunal Supremo
- Cualquier escrito de apelación o certiorari o cualquier otro recurso en casos civiles en el Tribunal Supremo, incluido el de Certtificación- $102.00
- Escrito de apelación o certiorari en recursos extraordinarios ante el Tribunal Supremo- $120.00
- excepto el recurso de hábeas corpus, el cual se tramita sin pagar aranceles o sellos
Traducciones
- Labor de traducción de documentos por el Negociado de Traducciones- $25.00 por la primera página y $5.00 por la página adicional
- Certificación de traducciones de cualquier documento hechas por el Negociado de Traducciones- $5.00
Derechos que deberán pagarse a los y las alguaciles (septiembre 2015)
- Diligenciar emplazamiento - $5.00
- Notificar, diligenciar o ejecutar un embargo, orden, mandamiento o requerimiento judicial, excepto orden de arresto- $30.00
- Cumplimentar un mandamiento de posesión o restitución de una propiedad, desahuciando a quien la ocupe, o por diligenciar una orden de lanzamiento en casos de desahucio- $24.00
- Recibir y pagar dinero en cumplimiento de orden de ejecución u otra providencia, cuando se han embargado o vendido muebles o inmuebles, por los primeros dos mil trescientos ochenta y siete dólares ($2,387.00), tres por ciento (3%). Por otra suma en exceso a esta cantidad, dos por ciento (2%). En ningún caso de venta de propiedad mueble o inmueble el arancel aquí dispuesto excederá de novecientos cincuenta y cinco dólares ($955.00). Cuando el producto de dicha venta es abonado en cuenta y no se efectúa transferencia alguna de dinero, se cobrará la mitad del arancel correspondiente.
- Recibir y pagar dinero en cumplimiento de orden de ejecución y sin orden de embargo o en los casos en que los bienes muebles o inmuebles embargados no son vendidos, sobre los primeros dos mil trescientos ochenta y siete ($2,387.00), dos y medio por ciento (2.5%) y uno por ciento (1%) sobre toda suma en exceso de esta cantidad, sin que en ningún caso el arancel pueda exceder de cuatrocientos setenta y ocho dólares ($478.00). Los derechos que aquí se autorizan, así como las costas de anuncios de ventas y otros gastos razonables incurrido en la ejecución de una sentencia deberán cobrarse a la persona contra quien se ha dictado el fallo o en la forma en que la orden de ejecución lo indique.
- Firmar y otorgar una escritura, inclusiva la certificación o reconocimiento, cuyo pago deberá hacer el donatario antes de la entrega- $30.00
- Redactar o certificar un Acta de Venta Judicial- $12.00
- Por gastos de viaje incurridos en el diligenciamiento de cualquier notificación, citación, orden u otra gestión dispuesta por el tribunal, que surja del trámite de acciones civiles- hasta $3.00 por milla.
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Última revisión y actualización: Apr 28, 2019