Características de una persona contratista independiente

¿Quién es un/a contratista independiente?

Una contratista independiente es una persona que es contratada para hacer un trabajo específico. Se dice que es su propia jefa porque controla cómo y dónde se realiza el trabajo.

Estas personas tienen mayor libertad y solo se comprometen a hacer la función específica que acordaron con la persona dueña de una compañía. Por ejemplo, la contratista independiente acuerda que va a atender clientes en un local de 9 a.m. a 1 p.m. o que va a ir a las reuniones y a preparar un informe sobre el tema que le asignaron. Fuera de esas funciones específicas, la contratista independiente controla cómo maneja su tiempo.

No tiene que tener un contrato

En Puerto Rico, fuera de bien pocas excepciones, los contratos pueden ser verbales. Sin embargo, siempre se sugiere que se ponga por escrito el acuerdo. Esto permitirá poder proteger mejor los derechos de todas las partes.

La diferencia entre una persona contratista independiente y una empleada a tiempo parcial (part time)

Una persona que es contratista independiente es su propia jefa. Controla su tiempo. Esto es distinto cuando esa persona trabaja a tiempo parcial. En ese caso, la jefa controla las condiciones, cuándo y dónde la persona empleada hace su trabajo.

¿Por qué es importante diferenciar a las contratistas independientes?

Es importante porque, si bien tiene más libertad, una persona que es contratista no está protegida por las leyes del trabajo. Es decir, no tiene derecho a que le paguen seguro social, plan médico, días de enfermedad, vacaciones o maternidad.

También es importante saber que una persona dueña de local o compañía no puede exigirle a la contratista las mismas responsabilidades que le exigiría a una empleada regular. Si lo hace, podría estar obligada a pagarle entonces los mismos beneficios que reciben las personas empleadas que trabajan en esa compañía de forma regular.

También es importante porque la responsabilidad por daños que se causen en el trabajo es distinta cuando es una contratista y cuando es una persona empleada la que sufre el daño.

Una persona dueña de compañía o de local puede estar tratando a una contratista independiente como empleada regular cuando afecta estas cosas.

Sepa que NO ES SUFICIENTE que el contrato diga que la persona es contratista independiente o consultora. Puede decirlo y aún así que la estén tratando como una empleada.

  • Grado de control: Esto es lo principal, aunque los tribunales ven todos los elementos del caso. Se supone que la persona contratista independiente determina cómo, cuándo y dónde hará el trabajo. Es independiente. Muchas veces, basta probar que una persona dueña de local o compañía está ejerciendo un grado de control importante para decir que están tratando a la persona como empleada.

  • Capacidad para negociar: una contratista independiente tiene libertad para negociar los términos de su contrato.

  • Forma de pago:  a la persona empleada se le paga por hora. A la contratista independiente se le paga cuando cumple con su trabajo.

  • Discreción: una contratista independiente tiene discreción para realizar su trabajo. Es decir, puede escoger la mejor forma para lograrlo. Esto es distinto a una persona empleada, a quien su jefa le puede decir qué pasos seguir para completar el trabajo.

  • Negocio propio: una contratista independiente que no hace el trabajo, no podrá facturar. Esto es el riesgo de pérdida. Una persona empleada recibirá su paga aunque no termine el trabajo.

  • Otras cosas que se pueden ver es cuán esencial es la persona contratista independiente para la empresa y si tiene capacidad de despedir/contratar personal.

¿Y si me tratan como empleada?

Pues, si es así, puede tener derecho a reclamar otros derechos laborales como vacaciones, despido injustificado, enfermedad, maternidad y más.

Sobre la responsabilidad por daños

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Última revisión y actualización: Aug 17, 2022
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